GHIAN MARTINEZ, EDUARD DANIEL c/ ORIHUELA, JULIO ALBERTO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por daño psíquico, tratamiento psicoterapéutico y daño moral.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, aumentando los montos indemnizatorios por daño psíquico ($197.000), tratamiento psicoterapéutico ($30.000) y daño moral ($100.000). Confirmó el rechazo de la indemnización por incapacidad sobreviniente física y los montos por daños materiales y privación de uso. Fijó la tasa de interés en 8% anual desde el hecho hasta la sentencia de primera instancia, y desde allí a la tasa activa del Banco Nación.
Fundamentos relevantes:
- El daño, en sentido jurídico, no se identifica con la lesión a un bien, sino con la lesión a un interés lícito, patrimonial o extrapatrimonial, que produce consecuencias patrimoniales o extrapatrimoniales.
- El daño psicológico importa una perturbación patológica de la personalidad de la víctima que altera su equilibrio básico o agrava un desequilibrio precedente.
- La determinación del daño moral impone evaluar las circunstancias personales de la víctima y procurar la mitigación del dolor a través de bienes que conjuguen la tristeza y la desazón.
- Los intereses moratorios no pueden configurarse como compensatorios, sino que deben responder al perjuicio por el retardo en el cumplimiento.
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