S., B. N. c/ L., C. J. C. s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia, aumentando los montos indemnizatorios por incapacidad física y psíquica, y reduciendo el monto por daño moral.
¿Quién es el actor?
B. N. S.
¿A quién se demanda?
J. C. L. C. y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reparación de daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, elevando el monto por incapacidad física y psíquica a $1.000.000 y el monto por tratamiento psicológico a $96.000, y reduciendo el monto por daño moral a $140.000. Confirmó el resto de lo decidido en primera instancia.
Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró adecuada la aplicación de la responsabilidad objetiva prevista en el art. 1113 del Código Civil, al no haberse acreditado causales eximentes.
- Respecto a la incapacidad física y psíquica, valoró los informes periciales que determinaron un porcentaje de incapacidad del 30,45% y 10% respectivamente, elevando los montos indemnizatorios.
- En cuanto al daño moral, si bien consideró que el monto fijado en primera instancia era elevado, lo redujo a la suma reclamada por la actora de $140.000, en atención al principio de congruencia.
- Confirmó la procedencia de la indemnización por tratamiento psicológico, elevando el monto a $96.000.
- Mantuvo la tasa de interés activa del Banco Nación Argentina aplicada desde la fecha del hecho.
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