A., M. A. c/ TRANSPORTES SESENTA Y OCHO S.R.L. s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de una caída desde un colectivo de la línea 68. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo los montos indemnizatorios por incapacidad física y daño moral, pero manteniendo la responsabilidad de la empresa transportista.
¿Quién es el actor?
M. A. A.
¿A quién se demanda?
Transportes Sesenta y Ocho S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por caída desde colectivo
¿Qué se resolvió?
Se modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, reduciendo los montos indemnizatorios por incapacidad física (de $500.000 a $320.000) y daño moral (de $350.000 a $315.000), pero se mantuvo la responsabilidad de la empresa transportista.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La empresa no acreditó las eximentes de responsabilidad, por lo que se aplica la responsabilidad objetiva del transportista.
- Para la cuantificación de la incapacidad física se utilizaron criterios matemáticos y actuariales.
- Para el daño moral se consideró la gravedad objetiva del daño y la repercusión subjetiva en la víctima.
- Se revocó la inoponibilidad de la franquicia a la víctima, acogiendo el criterio de la Corte Suprema en el fallo "Flores".
- Se rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.423 sobre honorarios.
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