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GRAMUNDI, EDUARDO SALVADOR - PERLO, YOLANDA MARÍA S/ SUCESORIO AB INTESTATO

Los herederos interpusieron un recurso de apelación contra la resolución que no permitía modificar un acuerdo sobre distribución de bienes. La Cámara de Apelaciones revocó la resolución y dispuso la homologación del nuevo acuerdo, asegurando la justa distribución de los bienes.

Recurso de apelacion Autonomia de la voluntad Sucesiones Instrumento publico Distribucion de bienes Homologacion judicial Derechos de los herederos Ley 7046 Modificacion de acuerdo Particion mixta


¿Quién es el actor?

Herederos de Eduardo Salvador Gramundi y Yolanda María Perlo.

¿A quién se demanda?

Juzgado Civil y Comercial N°1.
- Objeto de la demanda: Modificación de un acuerdo sobre distribución de bienes en un sucesorio.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar al recurso de apelación y se revoca la resolución de fecha 11/09/2025.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La modificación del convenio particionario homologado sería procedente aunque sujeto a condiciones que aseguren los derechos de los herederos y de terceros... el acto homologatorio tiene por solo efecto dar el carácter de instrumento público y título suficiente al convenio particionario para producir la inscripción registral de la adjudicación de los bienes a los herederos." "No existe, en consecuencia, siquiera una adjudicación definitiva en propiedad a ninguno de los herederos sobre el activo en cuestión." "Cuando existe unanimidad de todos los coherederos para modificar el acuerdo previo, se está ante un supuesto de ejercicio de la autonomía de la voluntad en los términos de los arts. 957, 959, 2369, ss. y cc. CCyC."

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