CONS PROP AZCUENAGA 1962/64 c/ CODEFI SA s/COBRO DE MEDIANERIA
El Consorcio Propietarios Azcuénaga 1962/1964 promovió demanda por cobro de medianería contra CODEFI S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo de la demanda por falta de cumplimiento de los requisitos para el cobro de medianería.
¿Quién es el actor?
Consorcio Propietarios Azcuénaga 1962/1964
¿A quién se demanda?
CODEFI S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de medianería
¿Qué se resolvió?
Se rechaza la demanda por cobro de medianería
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El muro construido por el Consorcio Azcuénaga 1962/64 tiene 15 cm de espesor, por lo que no cumple con la normativa local para ser considerado muro medianero, que requiere 30 cm.
- El muro construido por el Consorcio se encuentra ubicado de manera encaballada sobre el eje divisorio, invadiendo 9,5 cm la parcela del demandado, por lo que no se cumple el requisito legal de que el muro sea construido "en su terreno".
- La normativa local sobre construcción de muros privativos contiguos a predios linderos prima sobre la regulación del Código Civil, que contempla la adquisición de la medianería.
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