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BARG, GRACIELA NOEMI c/ ANDESMAR S.A. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia de primera instancia al declarar oponible a la actora la franquicia pactada en la póliza de seguros.

Accidente de transito Danos y perjuicios Seguro de responsabilidad civil Franquicia Inoponibilidad Damnificado Proteccion de la victima


¿Quién es el actor?

Graciela Noemí Barg

¿A quién se demanda?

Andesmar S.A. y Mutual Rivadavia de Seguros del Transporte Público de Pasajeros
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando oponible a la actora la franquicia pactada en la póliza de seguros entre la empresa demandada y su aseguradora citada en garantía. Confirmó la sentencia en todo lo demás.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El seguro de responsabilidad civil tiene como objetivo principal la protección de la víctima de un siniestro de tránsito.
- Si bien la posición de la Cámara es favorable a la inoponibilidad de la franquicia al tercero damnificado, debe adherirse a la postura contraria sostenida de manera invariable por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
- La Dra. Maggio, en disidencia, considera aplicable la doctrina del fallo plenario que declara inoponible la franquicia al damnificado, al ser esa postura razonable dentro de la esfera de competencia de los tribunales inferiores.

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