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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ TERRAFELIZ SA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución por apremio reclamando $123.307,10 más intereses por deuda fiscal. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó llevar adelante el trance y remate hasta el pago íntegro, aplicó intereses según el art. 104 del Código Fiscal y constituyó domicilio judicial por apercibimiento; costas a la vencida.

Ejecucion fiscal Apremio provincial Trance y remate Intereses art. 104 codigo fiscal Intimacion de pago Domicilio ad litem Costas a la vencida Ley 13.406 Cpcc (arts. 540 549 y ss.) Monto $123.307 10

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: TERRAFELIZ SA. Objeto: Ejecución de deuda fiscal por el capital reclamado de PESOS CIENTO VEINTITRES MIL TRESCIENTOS SIETE CON DIEZ CENTAVOS ($ 123.307,10) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago; ejecución por apremio con trance y remate. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución, ordenándose llevar adelante la causa de trance y remate hasta tanto la demandada efectúe el pago íntegro del monto reclamado con sus intereses; se impusieron las costas a la vencida; se difirió la regulación de honorarios; se tuvo por constituido el domicilio ad litem de la demandada por haber sido debidamente intimada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos más relevantes): "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 7, 10, 25 y concs. de la ley 13.406; 116 y 155 del CPCC) Se deja constancia asimismo que la parte ejecutada en el presente proceso de apremio fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el respectivo mandamiento de intimación de pago y embargo agregado en autos. Por ello, conforme a lo peticionado y en virtud de lo prescripto por los artículos 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406 y los artículos 540, 549, ss. y concs. del C.P.C.C.; FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte demandada, TERRAFELIZ SA; haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado en PESOS CIENTO VEINTITRES MIL TRESCIENTOS SIETE CON DIEZ CENTAVOS, ($ 123.307,10). A dicho monto se le aplicarán los intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según resolución M.E. nº 39/2.011) desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. Hallándose la parte demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la primera providencia dictada en autos, conforme emerge de los términos del mandamiento ut supra mencionado, corresponde tener por constituído en los estrados del Juzgado, el domicilio ad litem correspondiente a la misma. Las costas se imponen a la vencida (arts. 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406; 41, 68, 556, ss. y concs. del C.P.C.C.). Difiérase la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 34, 51 y concs. de ley 14.967). Agréguese y téngase presente el mandamiento de intimación de pago y embargo acompañado. Regístrese y notifíquese."

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