ROMERO CARLOS MATIAS Y OTROS C/ TAFFAREL CUSOLITO NELSON JAVIER Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)--
Demanda por daños y perjuicios por accidente de tránsito; se declaró la responsabilidad concurrente y se condenó parcialmente al conductor y a la aseguradora citada en garantía. El Tribunal distribuyó la co-responsabilidad (20% a las víctimas) y fijó indemnizaciones por incapacidad, daño moral, gastos y terapias.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Romero Carlos Matias; Claudia Natalia Casian; Roberto Carlos Romero (en representación del menor Facundo Orlando Romero).
Demandado: Nelson Javier Taffarel Cusolito; Marianela Pereyra Di Florio; citada en garantía Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada.
Objeto: Indemnización por daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 14/10/2016 en la intersección de calles 10 y Av. Antártida Argentina, reclamando montos varios (incapacidad, daño moral, gastos médicos, terapias, etc.).
Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se condenó a Nelson Javier Taffarel Cusolito (y se extendió la condena a la aseguradora citada en garantía) a pagar a Carlos Matías Romero la suma de $15.580.000 y a Facundo Orlando Romero la suma de $28.580.000, con intereses y costas a cargo de los accionados. Se determinó responsabilidad concurrente de las víctimas en un 20%.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
1) "Que, no habiéndose producido prueba alguna tendiente a dilucidar esta cuestión, vgr. testimonial... No obstante, en autos no se ha producido prueba alguna tendiente a dilucidar esta cuestión, vgr. testimonial."
2) "Apelando a las 'máximas de experiencia' ... concluyo que la conducción de un rodado biplaza -como lo es una moto
- sobrecargado con dos personas mayores de edad y un menor como acompañante, indudablemente afectan la capacidad de manejo correcto y prudente, posición y comodidad para maniobrar y atención a la vicisitudes del tránsito, motivo por el cual la calificación de negligente e imprudente de ese modo de conducir se impone (arts. 39, 40 ley 24449)."
3) "Que, en razón de que ambos conductores de los vehículos involucrados cometieron una serie de infracciones que coadyuvaron al acaecimiento del accidente de autos, encuentro aplicable el mencionado artículo y por tanto corresponde distribuir la responsabilidad entre ambos... estimo una co-causación o injerencia del accionar de las víctimas en la producción del hecho en un 20% (arts.1722, 1723, 1729, 1731 y 1733 C.C.C.N y arts. 375, 474, 456 y 384 del C.P.C.C., arts. 39 inc. a) y b), 40 inc. d), g(), art 64 y cctes de la Ley 24.449)."
4) "En consecuencia, valorando los informes periciales los que considero adecuadamente fundadas y receptaré sus conclusiones... fijo a valor actual la suma de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000) a valores actuales con mas intereses ... [y] cabe admitir el rubro indemnizatorio de terapia psicológica, justipreciándose el resarcimiento en la suma total de PESOS DOS MILLONES OCHENTA MIL ($2.080.000)..." (aplicable a C. M. Romero).
5) Bloque dispositvo final: "FALLO: 1) Hacer lugar parcialmente a la demanda de daños y perjuicios seguida por Romero Carlos Matias DNI 38.084.264 y Facundo Orlando Romero DNI 43.971.269 contra Nelson Javier Taffarel Cusolito DNI 25.209.101 y Marianela Pereyra Di Florio DNI 27.264.425. 2) Condenar al accionado a pagar al actor ... la suma de PESOS QUINCE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA MIL ($15.580.000) a favor del co actor Romero Carlos Matias y la suma de VEINTIOCHO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA MIL ($28.580.000) a favor del co actor Facundo Orlando Romero, con más intereses indicados ut supra. 3) Hacer extensiva la condena a la citada en garantía SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOPERATIVA LIMITADA. 4) Imponer las costas a los accionados."
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