BANDEIRA RAUL HUMBERTO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se promovió la declaratoria de herederos de Raúl Humberto Bandeira por fallecimiento ocurrido el 10/04/2019. El Tribunal declaró sucesores a los hijos Andrea Verónica Bandeira y Darío Raúl Bandeira y a la cónyuge Julia Graciela Silvestre, conforme a la documentación y al dictamen fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: DESCONOCIDO (actuaciones caratuladas por la Sucesión ab-intestato; no surge peticionante individual en la providencia)
Demandado: DESCONOCIDO
Objeto: Declaratoria de herederos por fallecimiento de Raúl Humberto Bandeira.
Decisión: Se declaró por derecho y sin perjuicio de terceros que suceden por la muerte de Raúl Humberto Bandeira sus hijos Andrea Verónica Bandeira y Darío Raúl Bandeira y su cónyuge Julia Graciela Silvestre (esta última respecto de bienes propios y sin perjuicio de derechos sobre gananciales). Se dejó sin efecto la intervención del Agente Fiscal y se ordenó registrar.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"RESULTA: a) Que con la documentación que se agrega como archivo adjunto a esta providencia se acredita el fallecimiento de Raul Humberto BANDEIRA ocurrido el día 10 de abril de 2019 en esta ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires.
b) Que con la documentación que se agrega como archivo adjunto a esta providencia se acredita el matrimonio del causante con Julia Graciela SILVESTRE, celebrado en esta ciudad el día 26 de marzo de 1965.
c) Que con la documentación que se agrega como archivo adjunto a esta providencia se acredita el nacimiento de los hijos del matrimonio: Andrea Veronica BANDEIRA ocurrido el 23 de abril de 1968 y Dario Raul BANDEIRA, el día 10 de enero de 1966 ambos en la ciudad de Mar del Plata, en la Ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires.
Y CONSIDERANDO:
I) Que con la documentación obrante en autos se acredita haber efectuado la publicación de edictos ordenada en autos según lo previsto por el art. 734 inciso 2do. del C.P.C. y obran los oficios debidamente informados por el Registro de Juicios Universales y Registro de Testamentos.
II) Que el plazo resultante de tal publicación se encuentra vencido, según lo certificara la Actuaria.
Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto en los arts. 2.426 y 2.433 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 735, 737 y concordantes del C.P.C.
DECLARO:
1) Que en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros, por el fallecimiento de Raul Humberto BANDEIRA lo suceden en carácter de herederos sus hijos: Andrea Veronica BANDEIRA y Dario Raul BANDEIRA, y su cónyuge: Julia Graciela SILVESTRE; esta última en cuanto a los bienes propios se refiere y si los hubiere y sin perjuicio de los derechos que la ley le otorga sobre los gananciales.
2) Cése la intervención del señor Agente Fiscal.
3) REGISTRESE."
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