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ARCE, TERESITA GRICELDA c/ HIPODROMO ARGENTINO DE PALERMO SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora reclamó indemnización por daños derivados de una caída en las instalaciones del Hipódromo. La Cámara aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y ordenó el pago de tratamiento psicológico.

Incapacidad sobreviniente Tratamiento psicologico Danos y perjuicios Dano emergente Intereses moratorios Responsabilidad del proveedor


¿Quién es el actor?

T G A

¿A quién se demanda?

Hipódromo Argentino de Palermo S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños derivados de una caída en las instalaciones del Hipódromo.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la responsabilidad del Hipódromo y modificó la sentencia de primera instancia, aumentando los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente física y psicológica, y ordenando el pago de tratamiento psicológico.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se probó el defecto de la escalera, que carecía de barandas y tenía un piso resbaloso, generando una situación peligrosa que causó la caída.
- La indemnización por incapacidad sobreviniente es proporcional a las características particulares de la víctima, por lo que el monto se fijó en base al dictamen pericial y las condiciones personales de la actora.
- Respecto del daño emergente, se presumieron los gastos médicos y de traslado, elevando el monto fijado en primera instancia.
- Los intereses se aplicarán a tasa activa del Banco Nación, con una tasa adicional en caso de demora en el pago.

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