RETA MARIANA SOLEDAD C/ ROLON ALAN MAXIMILIANO Y OTROS S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
La actora solicitó el beneficio de litigar sin gastos para poder promover demanda contra Rolón, Empresa del Oeste S.A. y Metropol S.M. El Tribunal concedió el beneficio, valorando la prueba rendida y ordenando la exención de costas y gastos mientras la actora no mejore de fortuna, con la salvedad del art. 84 del CPCC.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: MARIANA SOLEDAD RETA.
Demandado: ALAN MAXIMILIANO ROLON; EMPRESA DEL OESTE S.A. DE TRANSPORTES; METROPOL SOCIEDAD DE SEGUROS MUTUOS.
Objeto: Solicitud del beneficio de litigar sin gastos (exención del pago de costas y demás gastos judiciales) para poder sostener el juicio principal.
Decisión: Se concedió el beneficio de litigar sin gastos a favor de Mariana Soledad Reta, en los términos solicitados, mientras no mejore de fortuna, con la salvedad del artículo 84 del CPCC.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del tribunal):
"AUTOS Y VISTOS: De conformidad con lo solicitado en la presentación liminar y, elementos traídos a juicio; declaraciones testimoniales rendidas con las presentaciones electrónicas -
- Fecha del Escrito: 14/7/2025 14:43:35 Firmado por: PIANCATELLI Matias Ezequiel, Fecha del Escrito: 10/2/2026 20:21:59 Firmado por: PIANCATELLI Matias Ezequielito: 27/8/2025 12:11:46 Firmado por: PIANCATELLI Matias Ezequiel.--
- , y declaración jurada anexada en pdf con el escrito 27/12/2024 16:08:28 Firmado por: PIANCATELLI Matias Ezequiel , Efectivizado el traslado correspondiente a los fines de la fiscalización conf art 80 del CPCC y realizada vista dispuesta por el art 81 del CPCC no ha merecido replica ni objeción de la demandada. Con lo cual apreciando la prueba producida de acuerdo a las reglas de la sana crítica (art. 384 y 456 del CPCC) y, en orden a lo normado por los arts. 78, 79, 81, 82, y 85 del C.P.C.C.,"
"RESUELVO: Conceder a MARIANA SOLEDAD RETA , el BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS solicitado, a los fines que pueda afrontar el juicio que por ha interpuesto contra ALAN MAXIMILIANO ROLON, EMPRESA DEL OESTE S.A. DE TRANSPORTES y METROPOL SOCIEDAD DE SEGUROS MUTUOS sin tener que satisfacer el pago de las costas u otros gastos judiciales, en tanto no mejore de fortuna, con la salvedad establecida en el art. 84 del CPCC.-REGISTRESE. NOTIFIQUESE."
- Referencias normativas citadas por el tribunal: arts. 78, 79, 80, 81, 82, 84, 85, 384 y 456 del CPCC.
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