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PEREZ, ALBERTO RAMON c/ LUQUE, NICOLAS Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente, daño moral, gastos médicos y lucro cesante.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Reparacion integral Responsabilidad civil Franquicia asegurativa


¿Quién es el actor?

A R P
- Demandados: H L, N L, Caja de Seguros S.A., Transporte Automotor Plaza S.A.C.I. y Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación de daños y perjuicios por accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a Transporte Automotor Plaza S.A.C.I. y Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros, y excluyendo la responsabilidad de H L, N L y Caja de Seguros S.A. Elevó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente ($650.000), daño moral ($350.000), gastos médicos ($10.000) y lucro cesante ($15.000).

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La única causa del accidente fue la intervención del colectivo de la línea 129, por lo que H L, N L y Caja de Seguros S.A. quedan exentos de responsabilidad.
- El chofer del colectivo comparte la responsabilidad objetiva como guardián de la cosa riesgosa.
- La incapacidad y el daño moral deben ser indemnizados atendiendo a la protección de la integridad psicofísica y el principio de reparación integral.
- Los gastos médicos y el lucro cesante deben ser resarcidos en forma razonable.
- Procede declarar la inoponibilidad de la franquicia al damnificado.

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