Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ROMERO, CRISTIAN ALEJANDRO s/HURTO DAMNIFICADO: FREITAS DA SILVA, CARLOS RENATO
Condenan por intento de hurto simple a un detenido que acordó juicio abreviado; la Cámara homologó el acuerdo y aplicó un mes de prisión de cumplimiento efectivo, ordenando además su inmediata libertad por cómputo de detención y declarando la reincidencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- Actor (quién demanda): Ministerio Público Fiscal, a través del auxiliar fiscal Dr. Martín Ordóñez Correa (con conformidad de la defensora oficial coadyuvante).
- Demandado (a quién se demanda): Cristian Alejandro Romero (imputado/encausado).
- Objeto de la demanda: Juicio abreviado por la comisión del delito de hurto simple en grado de tentativa, concretado en la tentativa de apoderamiento de dos buzos y una bandera sustraídos del interior de la Iglesia Universal, avenida Rivadavia 7258, el 24 de julio de 2026.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se condenó a Cristian Alejandro Romero a la pena de un mes de prisión de efectivo cumplimiento y costas por ser autor de hurto simple en grado de tentativa; se dispuso que la pena ya había vencido el 23/08/2026 por cómputo de detención y, en consecuencia, su inmediata libertad, salvo orden restrictiva vigente; se declaró reincidente respecto de la condena de la causa 39958/2025; se intimó al pago de la tasa de justicia de $4.700; se ordenó notificar a la víctima según ley 27.372 y registrar/comunicar y notificar a las partes por cédulas electrónicas. Esta decisión homologó el acuerdo de juicio abreviado suscripto por las partes (art. 431 bis CPPN).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"Que el Sr. auxiliar fiscal, Dr. Martín Ordóñez Correa, con la conformidad de la doctora Sabrina Poggetti, defensora oficial coadyuvante de la Defensoría Oficial nro. 18, presentó un acuerdo en el que solicitó que se imprima a este proceso el trámite abreviado que prevé el artículo 431 bis del CPPN; previamente asesorado por su representante legal, CRISTIAN ALEJANDRO ROMERO prestó conformidad con proceder de esta forma y, así, reconoció su participación en el evento delictivo por el que fue acusado, descripto en el requerimiento de remisión de la causa a juicio incorporado en el expediente digital y la calificación legal allí consignada."
"Tengo por acreditado con la certeza que requiere un pronunciamiento condenatorio e independientemente del reconocimiento efectuado por el acusado, que CRISTIAN ALEJANDRO ROMERO el día 24 de julio de 2026, siendo aproximadamente las 07:56 horas, intentó apoderarse ilegítimamente, sin mediar fuerza en las cosas ni violencia en las personas, de dos buzos de color negro con la inscripción 'Mega Dance' y una bandera que se encontraban en el interior de la Iglesia Universal ubicada en la avenida Rivadavia 7258, de esta ciudad."
"A fin de graduar la sanción, no cuento con facultades legales para rechazar el acuerdo de juicio abreviado al que han arribado las partes... La sanción de un mes de prisión de efectivo cumplimiento pactada por los adversarios procesales, con la conformidad de la persona imputada, se presenta razonable dentro de las pautas mensurativas que prevén los artículos 40 y 41 del Código Penal."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; la sentencia fue dictada con integración unipersonal del Tribunal Oral N°12 (firmado por Darío Medina).
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