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Legajo Nº 2 - IMPUTADO: MONCADA MURILLO, YORMAN ALEXIS s/LEGAJO DE ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS / PETICIONES

El imputado solicitó extinción de la acción penal mediante reparación integral por $800.000 destinada al Hogar Don Bosco - Hogar de Cristo Madre de la Ternura. El Juzgado Federal Nº2 homologó la reparación y sobreseyó a Yorman Alexis Moncada Murillo por extinción de la acción penal, en mérito al cumplimiento del acuerdo y al control fiscal.

Extincion de la accion penal Sobreseimiento Reparacion integral Art. 59 inc. 6? c.p. Art. 336 c.p.p.n. Medidas alternativas Homologacion Ministerio publico fiscal $800.000 Hogar don bosco

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (Unidad Fiscal de Medidas Alternativas / Agente Fiscal Federal interviniente).
- A quién se demanda (Demandado / imputado): Yorman Alexis Moncada Murillo. Objeto: Petición de extinción de la acción penal y sobreseimiento por reparación integral del daño; pago único de $800.000 destinado a entidad de bien público (Hogar Don Bosco
- Hogar de Cristo Madre de la Ternura). Decisión: Se hizo lugar a la petición y se sobreseyó a Yorman Alexis Moncada Murillo por extinción de la acción penal por conciliación y reparación integral del daño, en conformidad con arts. 336 inc. 1° del C.P.P.N., art. 22 del C.P.P.F. y art. 59 inc. 6° del C.P.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "Así las cosas, estimo, en tal sentido, que la reparación integral ofrecida por el encartado, tiene que tener por finalidad, resarcir las consecuencias provocadas por el hecho atribuido al imputado, en infracción al bien jurídico protegido en este caso, la fe pública tanto en su monto como en la forma de reparación." "Que como se ha expresado supra, se encuentra acreditado el efectivo cumplimiento del acuerdo de reparación integral homologado oportunamente, donde expresamente las partes han convenido en que su cumplimiento debería provocar la extinción de la acción penal..." "En base a lo antes expuesto, considero pertinente ordenar el sobreseimiento del imputado Yorman Alexis Moncada Murillo, en orden al hecho por el que fue imputado, por extinción de la acción penal por la conciliación y la reparación integral del daño, conf. Arts. 336 inc. 1° del C.P.P.N., art 59 inc. 6° del C.P y 22 del C.P.P.M.F (según leyes 27.063 y 27.272)"
- Notas: La homologación previa del acuerdo y la acreditación del pago ($800.000) fueron determinantes; el Fiscal de la Unidad de Medidas Alternativas informó favorablemente.

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