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CHRYSE SA-TF 25260-I c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

Chryse S.A. impugnó ante la Cámara la regulación de honorarios y emolumentos frente a la Dirección General Impositiva. La Cámara confirmó los honorarios del perito y de los profesionales indicados y estableció emolumentos adicionales para el letrado y la representación fiscal, con apercibimiento de adicionarse el IVA si el beneficiario acredita su condición de responsable inscripto.

Recurso directo Honorarios Emolumentos Iva Perito contador Direccion general impositiva Arancel de abogados Costas Camara contencioso administrativo federal Reglamento


¿Quién es el actor?

CHRYSE S.A. (parte recurrente en el recurso directo).

¿A quién se demanda?

DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA.
- Objeto de la demanda: impugnación mediante recurso directo respecto de la regulación de honorarios profesionales y emolumentos por tareas en la causa administrativa.

¿Qué se resolvió?

la Cámara confirmó los honorarios de la Dra. María Eugenia Sierra, los Dres. Eduardo Marcelo Gil Roca y Alejandro M. Linares Luque; confirmó los honorarios del perito contador Roberto Rómulo Crotti; y estableció emolumentos por las tareas cumplidas en la alzada para el Dr. Alejandro M. Linares Luque ($456.331) y para la dirección letrada y representación fiscal ($300.000). Asimismo, ordenó que, en caso de acreditarse la condición de responsable inscripto del profesional beneficiario, se adicionará la alícuota del IVA a los emolumentos, a cargo del condenado en costas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones relevantes): "Teniendo presente la naturaleza, resultado y monto del asunto, así como la calidad y eficacia de la tarea profesional y las etapas cumplidas, SE CONFIRMAN los honorarios de la Dra. María Eugenia Sierra y de los Dres. Eduardo Marcelo Gil Roca y Alejandro M. Linares Luque, fijados a fs. 550/551 (arts. 6, 7, 9, 37 y 38 del arancel de abogados y procuradores)." "Asimismo, con fundamento en pautas análogas a las enunciadas y considerando, además, el resultado de los recursos, SE ESTABLECEN los emolumentos, por las tareas cumplidas en la alzada, del Dr. Alejandro M. Linares Luque ... en la suma de cuatrocientos cincuenta y seis mil trescientos treinta y un pesos -$456.331-, y de la dirección letrada y representación fiscal ... en la suma de trescientos mil pesos -$300.000
- (art. 14 del arancel de abogados y procuradores)." "Por otro lado, ... SE CONFIRMAN los honorarios del perito contador Roberto Rómulo Crotti, toda vez que solamente han sido apelados por altos (art. 3 del Decreto-Ley Nº16.638/57)." "Hágase saber que, en caso de que el profesional beneficiario acredite -en la instancia anterior
- su condición de responsable inscripto frente al Impuesto al Valor Agregado, se deberá adicionar a los emolumentos aquí fijados la alícuota correspondiente a dicho tributo, que también se encuentra a cargo del condenado en costas de conformidad con la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Fallos: 316:1533; 322:523; 329:1834, entre otros)."
- Votos en disidencia: no se consignan disidencias en el dispositivo final; la resolución es la acordada por la Sala.

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