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B.Y.M. C/ G.A. S/ DS.PS.

La actora demandó por daños y perjuicios derivados de un siniestro vial reclamando responsabilidad por la colisión. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda al no acreditarse de manera suficiente el nexo causal ni una mecánica del accidente concordante con las lesiones y la prueba pericial.

Apelacion Responsabilidad civil Accidente de transito Nexo causal Pericia mecanica Prueba testimonial Valoracion de la prueba Rechazo de la demanda Costas Seguros bernardino rivadavia

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: B.Y.M. Demandado: G.A. y su aseguradora citada en garantía Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada. Objeto: Indemnización por daños y perjuicios por accidente de tránsito (colisión entre motocicleta conducida por la actora y vehículo del demandado). Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda. Se impusieron las costas de Alzada a la actora. Se difiere la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original): "Del examen de dicho dictamen -presentado el 22/5/2025 y complementado con las explicaciones del 24/8/2025
- no surge lo que la recurrente pretende extraer de él. En su respuesta al punto A) de los puntos periciales propuestos por la actora, el perito fue terminante: analizados los datos objetivos disponibles -pericias de visu de la causa penal, croquis de la instrucción, fotografías de la citada en garantía y descripción de las lesiones de la actora
- concluyó expresamente que tales elementos 'no son concordantes en absoluto', señalando que, de aceptarse como cierta la mecánica relatada en la demanda, no resultan explicables ni la fractura de tobillo y pie izquierdo de la actora ni la ausencia de lesiones de mayor entidad en su acompañante, sentada más próxima a la zona de impacto; y que, de aceptarse en cambio la versión de la citada en garantía, tampoco el daño resulta concordante con las lesiones y las posiciones finales de los rodados. El experto concluyó, en sus propios términos, que 'no puede determinar la real mecánica del siniestro ya que resulta imposible de relacionar, razonablemente, los datos aportados'." "En suma, la pericia mecánica, correctamente leída en su integralidad, no acredita la versión de la actora; antes bien, ratifica la existencia de una duda seria e insalvable respecto de cómo ocurrió el siniestro, que en modo alguno permite desvirtuar el cuadro probatorio coherente conformado por la prueba testimonial, la denuncia de siniestro y la documental fotográfica reseñados. El agravio, por tanto, no puede prosperar." "En consecuencia, propongo confirmar la sentencia apelada en cuanto rechaza la demanda entablada por B. contra G. y su citada en garantía Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada. Las costas de Alzada, atento al principio objetivo de la derrota y no advirtiéndose mérito para apartarse de él, entiendo que corresponde se impongan a la parte actora vencida (art. 68 del CPCC)."
- Observaciones sobre valoración probatoria y carga de la prueba: La Cámara sostuvo la correcta valoración de la prueba testimonial (testimonios de Medina y Nieves) y de la denuncia de siniestro, y entendió que la actora no aportó prueba propia de igual jerarquía (ni confesional) que desvirtuara esa versión ni logró acreditar el nexo causal exigible. Se destacó asimismo que la falta de concordancia entre lesiones, posiciones finales y fotografías, y la conclusión pericial de imposibilidad de determinar la mecánica real, impiden atribuir responsabilidad.

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