FERNANDEZ ALEJANDRO ARIEL C/ CAJA DE SEGUROS S.A. S/ EJECUCION HONORARIOS
Aclaratoria de sentencia de ejecución de honorarios para incorporar regulaciones aclaradas. La Cámara hizo lugar al incidente del ejecutante y precisó que la confirmación de la sentencia del 23.02.2026 comprende las aclaraciones de los días 24.02.2026 y 25.02.2026.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Fernández Alejandro Ariel, en carácter de ejecutante.
Demandado: Caja de Seguros S.A., en carácter de ejecutada.
Objeto: Petición de aclaratoria sobre la sentencia que confirmó la ejecución de honorarios, para incorporar que la condena incluye la regulación de honorarios por la segunda etapa (48,25 ius arancelarios más aportes e IVA en su caso) y las aclaraciones dictadas los días 24/02/2026 y 25/02/2026.
Decisión: La Cámara hizo lugar al pedido de aclaratoria; se añadió al texto de la sentencia que la confirmación de la sentencia del 23.02.2026 comprende las aclaraciones de los días 24.02.2026 y 25.02.2026. Además se ordenó registrar la resolución en el Registro de Sentencias (RS-214-2026) y notificar.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos más relevantes):
"III.Analizada la cuestión, considero que tal pedido debe ser estimado. Se ha cometido el yerro material observado por el peticionante, por lo que corresponde aclarar la sentencia en los términos por él indicados.
Deben agregarse las aclaraciones efectuadas en las resoluciones de los días 24.02.2026 y 25.02.2026, integran la condena confirmada por esta Sala el 16.07.2026.
Voto por la AFIRMATIVA."
"Corresponde hacer lugar al pedido del ejecutante, aclarando la sentencia dictada el 16.07.2026 y, donde dice: 'se resuelve: I) Rechazar el recurso interpuesto por la ejecutada y confirmar la sentencia dictada el 23.02.2026;', debe leerse: 'se resuelve: I) Rechazar el recurso interpuesto por la ejecutada y confirmar la sentencia dictada el 23.02.2026 y aclarada los días 24.02.2026 y 25.02.2026;'."
"Por los fundamentos expuestos en el precedente acuerdo, se resuelve: I) Hacer lugar al pedido del ejecutante, aclarando la sentencia dictada el 16.07.2026 y, donde dice: 'se resuelve: I) Rechazar el recurso interpuesto por la ejecutada y confirmar la sentencia dictada el 23.02.2026;', debe leerse: 'se resuelve: I) Rechazar el recurso interpuesto por la ejecutada y confirmar la sentencia dictada el 23.02.2026 y aclarada los días 24.02.2026 y 25.02.2026;'; II) REGÍSTRESE en relación al REGISTRO DE SENTENCIAS del 17/07/2026 11:54:53 hs., número RS-214-2026 . NOTIFÍQUESE DEVUÉLVASE."
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