PIQUET DARIO DANIEL C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ APELACION DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA
El actor promovió acción por indemnización por incapacidad laboral derivada de accidente de trabajo. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del art. 12 inc. b) de la LRT para el caso y condenó a la ART al pago de $5.573.888,32, con actualización por IPC + tasa fija del 3% anual.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: PIQUET DARIO DANIEL.
Demandado: PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA.
Objeto: Indemnización por incapacidad laboral derivada de un accidente de trabajo ocurrido el 26/04/2023; reconocimiento y liquidación de prestaciones dinerarias conforme Ley de Riesgos del Trabajo.
Decisión: El Tribunal hizo lugar a la demanda, condenó a la ART al pago de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 32/100 ($ 5.573.888,32) y decidió actualizar dicho capital conforme variación del IPC (INDEC) más una tasa pura del 3% anual desde la PMI; además declaró la inconstitucionalidad del Decreto 669/19 y, para el caso concreto, del artículo 12 inc. b) de la LRT. Las costas a cargo de la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"I) Declarar la Inconstitucionalidad del Dec. 669/19 que modifica la Ley 24557 (Doc. legal SCBA 'Muzychuk' Expte. L 120.800 del 14/VII/2025); II) Declarar la Inconstitucionalidad para el caso en concreto del artículo 12 inc. b) de la LRT."
"Conforme lo expuesto, propongo que el crédito reconocido en autos sea actualizado conforme a la variación del Indice de Precios al Consumidor (IPC)
- Nivel General
- elaborado por el INDEC , con más una tasa de interés pura del 3% anual, desde la fecha de la PMI hasta el momento de la liquidación respectiva."
"La confrontación entre la tasa activa del Banco de la Nación Argentina prevista en el artículo 12 de la LRT y la variación del IPC correspondiente al período comprendido entre abril de 2023 y la fecha evidencia, en el caso, la insuficiencia del mecanismo legal para preservar el contenido económico de la prestación... En efecto, mientras la tasa activa acumuló aproximadamente un 215.33%, el IPC registrado por el INDEC para idéntico período alcanzó el 706.10%."
"LIQUIDACION: Valor de IBM ($ 275.565,76) x 53 x Inc (20.55%) x 65/42 = $ 4.644.906,93 ... Propicio entonces, por las consideraciones expuestas la aplicación del art. 3 de la ley 26.773... El incremento del 20% (art. 3 ley 26.773) en el presente, asciende a la suma de $ 928.981,39. Total: $ 5.573.888,32."
- Votos y disidencia: La decisión fue acordada por mayoría integrada por las Dres. Vodeb y los Dres. Amodio y Ginocchio adhiriendo al dispositivo final. Sin embargo, Ginocchio expresó disidencia parcial respecto del método de actualización proponiendo una solución hermenéutica alternativa (aplicar mecanismo más favorable entre RIPTE y esquema de la ley 27.802), mientras la mayoría declaró la inconstitucionalidad del art.12 inc. b) LRT y aplicó IPC+3%.
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