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GUDIÑO FABIAN MAXIMILIANO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor promovió acción especial por accidente de trabajo contra la ART y las partes celebraron un acuerdo transaccional. El Tribunal homologó el acuerdo presentado, impuso las costas a la demandada y reguló tasas, honorarios y percances administrativos vinculados a la transferencia de fondos.

Homologacion de acuerdo Accidente de trabajo Art Cuenta sueldo / ley 27.348 Regulacion de honorarios Tasa de justicia $220.000 Costas a la demandada Transferencia electronica (cbu Cuil) Accion especial Tribunal del trabajo n? 1 (note: se consignan los montos expresados en el fallo: tasa $220.000 Honorarios $2.000.000 $1.500.000 Peritos $800.000 cada uno. se respetaron las citas textuales y el dispositivo final mayoritario.)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: GUDIÑO FABIAN MAXIMILIANO. Demandado: PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. Objeto: acción especial por accidente de trabajo (autos caratulados "GUDIÑO FABIAN MAXIMILIANO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO
- ACCION ESPECIAL", Expte. Nº 61985) y las partes celebraron un acuerdo transaccional a fs. 35 y aclaración fs. 37. Decisión: Homologación del acuerdo transaccional; costas a la parte demandada; regulación de tasa de justicia y honorarios de profesionales y peritos; instrucciones para la transferencia de las prestaciones a cuenta sueldo y datos bancarios del actor y profesionales.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo, lenguaje original del Tribunal): "En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones.
- Consecuentemente, correspondería homologar el mismo (art. 15 L.C.T.) regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas a la parte DEMANDADA.- ASI LO VOTO." "POR TODO ELLO, atento a lo peticionado, deliberado y votado, el Tribunal RESUELVE: Homologar el acuerdo presentado a fs. 35 Y ACLARACION FS. 37 (art. 15 L.C.T.). Con costas a la parte DEMANDADA (art. 14 y 26 Ley 15.057).-" Dispositivo con montos y órdenes de cumplimiento (extracto relevante): "Habiendo sido necesaria la intervención jurisdiccional, hágase saber que el importe de la tasa de justicia asciende a la suma $ 220.000 (arts 337 y 340 Ley 10.397) Regúlanse los honorarios de los Dres. KRELL DAN AMMIEL (26.688.769) en la suma de $ 2.000.000 (37.57 JUS) y MÉNDEZ HUENUER AYELEN (35.571.468) en las sumas de $1.500.000 (28.17 JUS) respectivamente, con más el 10% ... e IVA si correspondiere y los de los peritos medico GRILLO LUCIANO DANIEL; contador VALORIO GISELA y psicólogo LORES SANDRA MARIEL en las de $ 800.000 respectivamente, con más las respectivas adiciones legales ... e IVA si correspondiere." Instrucciones sobre forma de pago y datos bancarios (extracto relevante): "Hágase saber a la ART que conforme el art. 17 de la ley 27.348 todas las prestaciones dinerarias e indemnizaciones que se liquiden administrativa o judicialmente, deberán ser depositadas en la 'cuenta sueldo' del respectivo trabajador... Hágase saber al actor a que deberá comunicar a la ART demandada entidad y sucursal Bancaria; CBU ; Número de cuenta y CUIL bajo su titularidad a la cual se transferirán los fondos que le correspondieren (art 277 LCT modificada por ley 27802)."

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