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BOFFA MARIA FLORENCIA C/ PREVENCION ART S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE

La actora promovió demanda por accidente in itinere contra PREVENCION ART S.A. El Tribunal homologó el acuerdo transaccional presentado, impuso las costas a la demandada y reguló honorarios de $800.000 para cada abogado, además de fijar la tasa de justicia en $88.000.

Accidente in itinere Homologacion de acuerdo L.c.t. art.15 Costas a la demandada Honorarios $800.000 Tasa de justicia $88.000 Transferencia cbu Art Regulacion de honorarios Deposito en cuenta sueldo.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: BOFFA MARIA FLORENCIA. Demandado: PREVENCION ART S.A. Objeto: Accidente in itinere; las partes celebraron un acuerdo transaccional cuyo contenido se sometió a homologación judicial. Decisión: Homologar el acuerdo presentado a fs. 5; imponer las costas a la parte demandada; regular honorarios; fijar tasa de justicia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones.
- Consecuentemente, correspondería homologar el mismo (art. 15 L.C.T.) regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas a la parte DEMANDADA.-" Bloque dispositivo final (decisión mayoritaria): "el Tribunal RESUELVE: Homologar el acuerdo presentado a fs. 5 (art. 15 L.C.T.). Con costas a la parte DEMANDADA (art. 14 y 26 Ley 15.057).- Habiendo sido necesaria la intervención jurisdiccional, hágase saber que el importe de la tasa de justicia asciende a la suma $ 88.000 (arts 337 y 340 Ley 10.397) Regúlanse los honorarios de los Dres. PORCO FEDERICO RUBEN (39.489.052) en la suma de $ 800.000 (15.02 JUS) y PINOS MARIA PAZ (33.651.814) en las sumas de $800.000 (15.02 JUS) respectivamente, con más el 10% (...) e IVA si correspondiere .-" Otros pronunciamientos prácticos incluidos en la resolución:
- Orden de depósito/transferencia a CBU/cuenta sueldo conforme art. 17 ley 27.348 y art. 277 LCT (mod. ley 27.802).
- Requerimiento para que actor y profesionales denuncien CBU/CUIL/CUIT y emitan facturas para percibir montos y honorarios.
- Apercibimiento para la parte obligada al pago de acreditar las transferencias en autos, bajo apercibimiento de medidas ejecutivas (art. 12 ley 15057).

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