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MENDOZA SANDRA TERESA C/ GOBERNACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

Acción de revisión de resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional por ingreso de la actora y liquidación conforme a la sentencia. El Tribunal practicó la liquidación por secretaría por $7.039.334,77 y reguló honorarios a favor del apoderado de la actora en 22,55 IUS ($1.200.600) y honorarios periciales en $211.100.

Accion de revision Ley 15057 Liquidacion Intereses 3% anual Honorarios ius 22 55 Honorarios periciales $211.100 Dacion en pago Notificacion Tribunal de primera instancia Secretaria

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MENDOZA SANDRA TERESA. Demandado: Gobernación de la Provincia de Buenos Aires (Fisco de la Provincia de Buenos Aires). Objeto: Acción de revisión de resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional
- Ley 15057; ejecución/liquidación de lo resuelto en la sentencia. Decisión: Se practicó la liquidación conforme a la sentencia y se regula honorarios para los letrados de la parte actora y peritos; se dispone notificación de la liquidación por cinco días para observaciones y se intiman a las partes a retirar documentación original en cinco días.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Liquidación que se practica por secretaría conforme a la sentencia dictada en los autos caratulados: 'MENDOZA SANDRA TERESA C/ GOBERNACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057', a saber: CAPITAL _____________________________________$ 6.452.753,00 Intereses tasa pura 3% anual _____________________ $ 586.581,77 (desde el 3/8/2023 hasta el 13/8/2026) TOTAL: ... $7.039.334,77 La presente liquidación asciende a la suma de PESOS SIETE MILLONES TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON SETENTA Y SIETE De la liquidación practicada traslado por CINCO (5) DIAS a las partes bajo apercibimiento de tenerla por consentida si no formularen observaciones. NOTIFIQUESE con entrega de copias. (Artículos 16 inciso g y 59 Ley 15.057).- Hágase saber a la demandada Fisco de la Provincia de Buenos Aires que al momento de efectuar la dación en pago deberá integrar a la presente liquidación las sumas correspondientes a los intereses devengados desde la fecha de corte aquí consignada hasta el momento del efectivo pago, utilizando idéntica tasa de interés. NOTIFIQUESE." "De conformidad con la sentencia ... lo dispuesto por el Art. 730 del CCyCN y liquidación practicada por Secretaría, regúlense los honorarios a los letrados de la parte actora, BOZOK DANIEL ANIBAL en 22.55 IUS, equivalente al día de la fecha en la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS MIL SEISCIENTOS ($1.200.600) los que se incrementarán con los porcentajes legales pertinentes e IVA si correspondiere ... Los honorarios de la perito médico RIPULLONE MARCELA CRISTINA se fijan en la suma de PESOS DOSCIENTOS ONCE MIL CIEN ($211.100), con más el aporte de ley e IVA si correspondiere (Artículo 35 incisos "e" y "f" y 74 de la Ley 12207).- Se hace saber a la parte actora, a los letrados y peritos que a los fines de la correspondiente transferencia deberán denunciar CBU, N° de cuenta y entidad bancaria, así como acompañar, en caso de corresponder, boleta de aportes en formato PDF. Intímase a las partes a retirar la documentación original incorporada a las presentes actuaciones en el término de cinco días, bajo apercibimiento de proceder a su destrucción. REGISTRESE. NOTIFIQUESE.-"

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