Logo

BOEDO ANDREA BEATRIZ C/ MONTESANO ALDANA MARIA S/ DESPIDO

La actora reclamó indemnizaciones por despido, sanciones del art. 80 LCT y entrega de certificado de trabajo. El Tribunal hizo lugar parcialmente: condenó a la demandada a pagar $68.756,64 por rubros de liquidación (arts. 123 y 156 LCT) y sanción del art. 80 LCT, ordenó la entrega de las certificaciones y desestimó las pretensiones por despido, agravamientos e indemnización 132 bis.

Despido Renuncia Art. 80 lct Sancion indemnizatoria Liquidacion final Art. 123 lct Art. 156 lct Experticia contable Certificacion de trabajo Ripte/intereses.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Andrea Beatriz Boedo. Demandado: Aldana María Montesano. Objeto: indemnizaciones derivadas de despido (incluyendo agravamientos por irregularidad registral), sanción indemnizatoria art. 80 LCT, sanción art. 132 bis LCT, entrega de certificado de trabajo, intereses y costas; además se planteó inconstitucionalidad de normas (dec. 146/01, ley 24.432 y correlativas). Decisión: El Tribunal hizo lugar parcial a la demanda y condenó a Montesano a pagar $68.756,64 (por art. 123, art. 156 y sanción art. 80 LCT), con intereses desde el 23/7/2019, ordenó la entrega de las certificaciones del art. 80 LCT bajo apercibimiento de astreintes, y rechazó las pretensiones vinculadas al despido, agravamientos (arts. 9 ley 24.013; arts. 1 y 2 ley 25.323), sanción art. 132 bis y daño por prestaciones por desempleo. Impone costas a la demandada por los rubros que prosperaron.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes, con citas textuales): "Doy por finalizada la relación laboral con la renuncia de la trabajadora de fecha 23/7/2019 que consta en el telegrama cuya copia se adjuntó a la demanda, cumpliendo con las formalidades establecidas en el art 240 LCT. Cabe destacar que el engaño, ardid o lesión denunciados por la ex trabajadora no han sido acreditados desde que no se ha desplegado prueba útil a tal efecto (art. 89 ley 15.057 y 375 CPCC). Es dable reiterar que la parte actora desistió en la audiencia de vista de causa de su prueba pendiente de producción. En relación a la intimación para la entrega del certificado del art. 80 LCT, siendo que ha sido reiterada su petición en el cuerpo de la demanda, tengo por cumplido el requisito establecido en el art. 3 del decreto 146/01. Por medio de la información que luce en la incuestionada experticia contable doy por demostrado que la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada por la actora fue de $ 17.319,99 correspondiente al mes de junio de 2019."
- Voto y acuerdo: La jueza Marcasciano fundamentó la decisión y los jueces Vigliarolo y Bordino adhieren en todas las cuestiones. El dispositivo final del Tribunal es el que se dictó como sentencia y constituye la decisión de la mayoría.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar