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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ROSALES ANDREA YANINA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial contra Andrea Yanina Rosales por deuda tributaria reclamada en título ejecutivo. El Tribunal hizo lugar al apremio y ordenó la ejecución hasta el pago íntegro de $3.339.446,40 con más intereses, declaró perdido el derecho de la ejecutada por no oponer excepciones y fijó costas.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Deuda tributaria Titulo ejecutivo electronico Perdida del derecho por inaccion Trance y remate Intereses desde demanda Costas Domicilio constituido $3.339.446 40

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco De La Provincia De Buenos Aires. Demandado: Andrea Yanina Rosales. Objeto: Ejecución por deuda tributaria conforme al título ejecutivo agregado electrónicamente, por el capital reclamado de Pesos Tres Millones Trescientos Treinta y Nueve Mil Cuatrocientos Cuarenta y Seis Con 40/100 ($3.339.446,40) más intereses. Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución (trance y remate) hasta el pago íntegro del capital reclamado más intereses; costas a la ejecutada; difirió regulación de honorarios; constituyó domicilio en los estrados por incumplimiento de notificaciones.
- Fundamentos principales de la decisión (trascripción literal de los párrafos relevantes): "I.
- La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle Las Heras
- Nro. 772
- Cp. 1625
- Loc. Escobar domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.
- (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC)." "II.
- Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11." FALLO (fragmentos): "1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la ejecutada Andrea Yanina Rosales haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Tres Millones Trescientos Treinta Y Nueve Mil Cuatrocientos Cuarenta Y Seis Con 40/100 ($3.339.446,40), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)." "2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales del Letrado interviniente, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (arts. 51, Ley 14.967 y 22 Ley 13.406)." "3º) No habiendo la ejecutada dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.)."

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