ROLON FACUNDO ISAIAS C/ ALFARO MARTIN Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Reclamó por daños y perjuicios automotores (muerte/lesiones) y las partes celebraron convenio de pago. El Tribunal homologó el convenio, condenó en costas a Experta Seguros S.A.U. con excepciones y reguló honorarios y pautas de pago a letrados, peritos y mediadora, consignando importes y alícuotas aplicables.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Rolon Facundo Isaías.
Demandado: Alfaro Martín y otros; Experta Seguros S.A.U. citada en garantía.
Objeto: Daños y perjuicios automotores por muerte/lesiones (acción por daños y perjuicios derivados de siniestro automotor).
Decisión: Se homologó el convenio de pago y honorarios celebrado entre las partes (monto total del acuerdo $8.500.000,00), se condenó en costas a Experta Seguros S.A.U. con las excepciones indicadas y se regularon los honorarios de los letrados intervinientes, peritos y mediadora con los importes detallados; se ordenó que Experta Seguros S.A.U. abone tasa de Justicia y contribución previamente.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"Atento lo pedido y teniendo en consideración el estado de autos, homológase el convenio de pago y honorarios celebrado entre las partes y que obra a fs. 367/369, cuya copia se registrará conjuntamente con el presente ( Art 309 del CPC); con costas a cargo de Experta Seguros S.A.U, con excepción de las establecidas en el punto II, apartado C, ult. párrafo, que serán en el orden causado ( Art 73 del CPC)."
"Asimismo, tomando como base regulatoria la suma de $ 8.500.000,00 -monto del acuerdo arribado en autos
- y habiéndose convenido los honorarios de los letrados intervinientes por la parte actora, Dra. Natalia Isabel Ferrando y Dr. Mauro Gastón Gerez, en 14,371 Ius (pto. 1 Resol. 873/2026 SCBA), para cada uno de ellos, equivalentes a la suma de Pesos Setecientos Sesenta y Cinco Mil ($ 765.000,00), encontrándose los mismos dentro de la escala legal respectiva, se los convalida, con más el 10% Aporte Ley 6716 e IVA en caso de corresponder (arts.15, 16, 21, 28, 51, 54 y 57 de la Ley 14.967)."
"Por la labor desempeñada, se regulan los honorarios del Dr. Federico Carlos Tallone, en 20,12 Ius (pto. 1 Resol. 873/2026) equivalentes a la suma de Pesos Un Millón Setenta y Un Mil Veintisiete con Ochenta y Cuatro Centavos ($ 1.071.027,84), con más el 10% Aporte Ley 6716 e IVA en caso de corresponder (arts.15, 16, 21, 28, 51, 54 y 57 de la Ley 14.967)."
"Así también, por la tarea desarrollada, se regulan los honorarios de la Licenciada en Psicología, Paula Guerrero (pericia de fs. 217/226) en la suma de Pesos Noventa y Un Mil ($ 91.000,00), los de la Perito Contador Publico Nacional, Patricia Mónica Narduzzi (pericia de fs. 306/310) en la suma de Pesos Noventa y Un Mil ($ 91.000,00), los del Perito Ingeniero Mecánico, Alejandro Martín Geymonat (pericia de fs. 312/315 y explicac. fs. 320) en la suma de Pesos Noventa y Un Mil ($ 91.000,00), los del Perito Médico especialista en Ortopedia y Traumatología, Nicolas Romano Yalour (pericia de fs. 325/327 y explicac. fs. 337) en la suma de Pesos Noventa y Un Mil ($ 91.000,00) y los de la Perito Medico Radiologa, María Cecilia Cédola (pericia de fs. 329/331) en la suma de Pesos Noventa y Un Mil ($ 91.000,00), todos con más el aporte legal respectivo e IVA en caso de corresponder."
"Por último, por su actuación en la etapa previa de mediación y guardando adecuada proporción con los valores computables -monto del acuerdo y labor profesional efectivamente desplegada
- ... estimo prudente regular los estipendios de la Mediadora interviniente, Luciana Leonor Bielevich, en la suma de Pesos Seiscientos Quince Mil ($ 615.000,00), con mas el 10% Aporte Ley 6716 e IVA en caso de corresponder (arts. 14, 15, 16, 21, 28, 51 y 54 de la Ley 14.967, art. 27 Dec. Reg. 2530/10 y jurisprudencia imperante). REGISTRESE.
- NOTIFIQUESE."
- Observaciones procedimentales relevantes:
Se indica que Experta Seguros S.A.U. deberá abonar la tasa de Justicia y su contribución previamente.
Se aplican artículos y resoluciones de la Ley 14.967 y Resol. 873/2026 SCBA para la determinación de Ius y aportes.
Se ordenó notificación y registro de la copia del convenio (Art. 309 CPC) y se fijaron costas conforme Art. 73 CPC.
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