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L., V. C. C/ I. L. A. S/ ORDINARIO FILIACIÓN

La Sra. C. L. V. apeló la decisión que denegó alimentos provisorios para su hijo I. T. L. La Cámara de Apelaciones revocó la resolución y ordenó al juez de origen establecer el monto de los alimentos provisorios.

Recurso de apelacion Alimentos provisorios Filiacion Verosimilitud del derecho Progenitor Proceso familiar Necesidades del menor Medidas cautelares Jurisdiccion Codigo civil y comercial


- Quién demanda: Sra. C. L. V.

¿A quién se demanda?

I. L. A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Alimentos provisorios para su hijo I. T. L.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar al recurso de apelación y se revoca la resolución de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La construcción y consecuente acreditación de la verosimilitud del derecho en casos como el de autos, impide la exigencia de prueba directa y fehaciente; por el contrario admite su verificación a partir de indicios y hechos que indirectamente generen convicción judicial de la existencia probable del derecho invocado." "Los alimentos provisorios están destinados a cubrir las necesidades impostergables del alimentado durante el proceso y hasta tanto se dicte la sentencia definitiva." "La actitud asumida por el demandado al haber sido intimado a reconocer al niño I. T. y su incomparecencia a la audiencia de mediación evidencian un desprecio tendiente a colaborar con las medidas pertinentes para despejar toda duda respecto de la paternidad alegada."

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