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MIGUELEZ CARLOS FRANCISCO Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se tramita sucesión ab-intestato por el fallecimiento de Carlos Francisco Miguelez y María Isabel Maradei. El Tribunal declaró herederos universales a las hijas Mónica Lucía, Silvia Cristina y Sandra Beatriz Miguelez y Maradei, y reconoció derechos sucesorios de la cónyuge respecto de bienes propios y gananciales conforme la ley.

Sucesion ab-intestato Declaracion de herederos Herederos universales Certificado de defuncion Edictos (art. 2340 ccyc) Conyuge superstite Hijos Cpcc arts. 735 y 737 Inscripcion registral (sin efecto) Notificacion electronica observaciones: no consta en el texto el nombre del juez ni monto alguno involucrado. se consignan fechas relevantes: fallecimientos 3/4/2009 y 10/6/2017 Nacimiento de las herederas (24/1/1956 13/11/1958 31/7/1961) Publicacion de edictos 9/6/2026.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Los interesados en la sucesión (figuran como herederos solicitantes: Mónica Lucía, Silvia Cristina y Sandra Beatriz Miguelez y Maradei; constan como partes en el expediente). Demandado: No surge demandado concreto; se trata de trámite sucesorio ab-intestato. Objeto: Declaración de herederos por fallecimiento de CARLOS FRANCISCO MIGUELEZ y de MARIA ISABEL MARADEI. Decisión: Se declaró, en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de CARLOS FRANCISCO MIGUELEZ le suceden en carácter de herederos universales sus hijos MONICA LUCIA, SILVIA CRISTINA y SANDRA BEATRIZ MIGUELEZ Y MARADEI y su cónyuge MARIA ISABEL MARADEI (a quien también se le declara heredar sobre los bienes propios si los hubiere y respecto de los gananciales lo que la ley le acuerda). Por el fallecimiento de MARIA ISABEL MARADEI se declaró que le suceden en carácter de herederos universales sus hijos MONICA LUCIA, SILVIA CRISTINA y SANDRA BEATRIZ MIGUELEZ Y MARADEI.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "Que con el certificado de defunción adjunto el 6/5/2026 y 12/5/2026 se acredita el fallecimiento de CARLOS FRANCISCO MIGUELEZ ocurrido el día 3/4/2009." "Que con el certificado adjunto el 6/5/2026 y 12/5/2026 se acredita el fallecimiento de MARIA ISABEL MARADEI ocurrido el día 10/6/2017." "Que los causantes habían contraído matrimonio el día 6/4/1955 según surge del certificado adjunto el 6/5/2026 y 12/5/2026." "Que de esa unión nacieron: MONICA LUCIA (24/1/1956), SILVIA CRISTINA (13/11/1958) y SANDRA BEATRIZ MIGUELEZ (31/7/1961) -ver certificados de nacimiento adjuntos el 6/5/2026 y 12/5/2026." "Que con fecha 9/6/2026 se ha efectuado la publicación de edictos que prescribe el art.2340 del Código Civil y Comercial, sobre cuyo resultado negativo informa la Actuaria en este acto (art. 116 del CPCC) y que se puede constatar a través del link: https://boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/14210/ver#page=49" "Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 7, 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de La Nación y 735, 737 del CPCC, se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de CARLOS FRANCISCO MIGUELEZ le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: MONICA LUCIA, SILVIA CRISTINA y SANDRA BEATRIZ MIGUELEZ Y MARADEI Y MARADEI y su cónyuge: MARIA ISABEL MARADEI a quién también se le declara heredar sobre los bienes propios si los hubiere sin perjuicio de los que la ley le acuerda respecto de los gananciales. Y por fallecimiento de MARIA ISABEL MARADEI le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: MONICA LUCIA, SILVIA CRISTINA y SANDRA BEATRIZ MIGUELEZ Y MARADEI. REGISTRESE." "Para que los herederos declarados cuenten con una copia de la presente resolución, cuya firma digital puede ser verificada accediendo mediante el código QR, notifico la misma al domicilio electrónico constituido en este expediente por las partes 23128942769@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR" "Se deja constancia que la misma carece de todo valor a los fines de la inscripción, cesión y/o transmisión de bienes y derechos, como así también que carece de valor para el cobro de suma alguna de dinero."

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