Logo

ARCA c/ BAR DE BARRIO S.A.S. s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Ejecución fiscal promovida por ARCA contra BAR DE BARRIO S.A.S. por $8.144.359,57. El Juzgado Federal declaró expedita la ejecución, habilitó a la AFIP para ejecutar hasta el íntegro pago y ordenó medidas de embargo e inhibición y la imputación de fondos conforme la ley 11.683.

Ejecucion fiscal Afip Deuda fiscal Embargo bancario Inhibicion general de bienes Imputacion de fondos Ley 11.683 Costas Liquidacion administrativa Arca.


¿Quién es el actor?

ARCA (ex A.F.I.P.), en su carácter de representante del Fisco.

¿A quién se demanda?

BAR DE BARRIO S.A.S.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal por la suma de $8.144.359,57, conforme a la boleta de deuda agregada en autos.

¿Qué se resolvió?

Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra BAR DE BARRIO S.A.S., habilitándose a la Administración Federal de Ingresos Públicos a llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital de $8.144.359,57 con más intereses legales; se impusieron las costas a la demandada; se ordenaron medidas de embargo bancario y, en caso de resultar negativas o insuficientes, la inhibición general de bienes en los registros señalados; se reguló la imputación de fondos y la liquidación administrativa de la deuda con posibilidad de impugnación en cinco días.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): 1) "Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones). Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado." 2) "Asimismo, para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario ordenado, hágase lugar al pedido de inhibición general de bienes solicitado por la actora, bajo su exclusiva responsabilidad, a cuyo fin deberá trabarse la inhibición general de bienes del demandado ante el Registro de la Propiedad Automotor y el Registro General de la Provincia... Dicha medida será levantada una vez y en la medida en que se haya satisfecho la pretensión fiscal..." 3) "De igual manera, de resultar positivo el embargo bancario ordenado, el Representante del Fisco -dentro de los cinco días de quedar firme la presente-, deberá solicitar al Tribunal la imputación de los fondos a las respectivas cuentas recaudadoras, bajo su exclusiva responsabilidad."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la resolución es de un único juez de primera instancia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar