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EL MONCHOLO SA c/ COHEN, MARIO JORGE s/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA

Demanda por cese de oposición al registro de marcas mixtas DROMO HOMBRES y DROMO HOMBRES DH por parte de EL MONCHOLO S.A. El Juzgado hizo lugar a la demanda y declaró infundadas las oposiciones de Jorge Mario Cohen basadas en la marca PERDOMO, concluyendo que las marcas son inconfundibles por diferencias gráficas, fonéticas e ideológicas.

Marca Oposicion al registro Confundibilidad Dromo hombres Perdomo Ley 22.362 Interes legitimo Clase 25 Costas Honorarios


¿Quién es el actor?

EL MONCHOLO S.A.

¿A quién se demanda?

Sr. Jorge Mario Cohen
- Objeto de la demanda: Petición de que se declaren infundadas las oposiciones formuladas por Cohen contra las solicitudes de registro de las marcas mixtas "DROMO HOMBRES" (Acta N° 3.235.309) y "DROMO HOMBRES DH" (Acta N° 3.235.307), clase 25.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda de EL MONCHOLO S.A. y se declararon infundadas las oposiciones deducidas por Jorge Mario Cohen a los registros de las marcas indicadas; las costas se imponen a la accionada vencida. Se regulan honorarios conforme a las leyes aplicables y se dispone comunicación al INPI y archivo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Aplicando las pautas mencionadas a las marcas enfrentadas, arribo a la conclusión que resultan inconfundibles." "Así, analizando los signos desde el plano gráfico, cabe señalar que los elementos que los componen presentan suficientes diferencias como para alejar las posibilidades de confusión. En el caso, analizando las marcas de la actora, se verifica que 'DROMO HOMBRES' se encuentra conformada por 12 letras y 4 sílabas (DRO-MO-HOM-BRES) y 'DROMO HOMBRES DH', que es aún mas extensa, cuenta con 14 letras y 6 sílabas (DRO-MO-HOM-BRES-D-H). Por su parte, la marca de la accionada 'PERDOMO', se encuentra compuesta por 7 letras y 3 sílabas (PER-DO-MO), difiriendo en su raíz. Es dable recordar en este punto que se debe merituar especialmente la fuerza diferenciadora de las raíces, que son, por lo general, la porción de la marca que suele tener mayor importancia por ser la de más fácil memorización..." "Lo mismo ocurre desde el plano fonético, ya que los sonidos obtenidos al pronunciar las marcas solicitadas son ambos diferentes al sonido de la marca opuesta, lo cual se evidencia en la pronunciación de las palabras 'DROMO HOMBRES/PERDOMO' y 'DROMO HOMBRES DH/PERDOMO'." "Desde el punto de vista ideológico, se trata de la confrontación de dos marcas en las que las de la actora posee, cada una, un vocablo con un contenido conceptual 'HOMBRES', independientemente de los agregados 'DROMO' y 'DH'; mientras la otra, en su forma íntegra, carece de él ('PERDOMO'). En este último caso, se trata en su totalidad de una voz de fantasía... De allí que, siendo 'PERDOMO' una grafía o una onda sonora carente de significación... se debe atender con cuidado a las semejanzas de la escritura o de la fonética ya que no hay posibilidad alguna de confusión en el terreno ideológico." "Por los fundamentos expuestos precedentemente y de conformidad con lo establecido en la Ley 22.362, FALLO: Haciendo lugar a la demanda deducida por EL MONCHOLO SA; en consecuencia, declaro infundadas la oposiciones deducidas por el Sr. JORGE MARIO COHEN a los registros de las marcas mixtas ..." (No hubo votos en disidencia en la sentencia de primera instancia.)

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