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GRAVIMAR S.R.L. C/ FAUSTINO MARIA SILVIA Y OTRO/A S/ COBRO EJECUTIVO

Cobro ejecutivo por $700.000 con pedido de ejecución y remate. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución contra las ejecutadas por la suma de PESOS SETECIENTOS MIL ($700.000,00) más intereses desde la mora del 10/7/2025, costas y costos de la ejecución, y declaró perdido el derecho a deducir excepciones por extemporáneo.

Cobro ejecutivo Ejecucion Remate Perdida del derecho a excepciones Interes tasa activa bapro Mora 10/7/2025 Costas Honorarios diferidos Domicilio constituido $700.000 00

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: GRAVIMAR S.R.L. Demandado: MARIA SILVIA FAUSTINO y PATRICIA SILVINA RAMON. Objeto: Cobro ejecutivo del capital reclamado por PESOS SETECIENTOS MIL CON 0/100 ($700.000,00), con más interés y costas; ejecución con remate. Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto las ejecutadas hagan íntegro pago del capital reclamado ($700.000,00), más intereses desde la mora (10/7/2025), costos y costas de la ejecución. Se declaró perdido el derecho a alegar excepciones por haberlas dejado de usar en plazo. Se difirió la regulación de honorarios profesionales hasta la oportunidad de la liquidación. Se tuvo por constituidos los domicilios procesales indicados en autos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del tribunal): "Las presentes actuaciones venidas a despacho para dictar SENTENCIA DE TRANCE Y REMATE, y CONSIDERANDO: Que la parte ejecutada no ha deducido excepciones legítimas en el plazo legal, que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, por lo que corresponde darle por perdido el derecho dejado de usar (arts. 116 C.P.C.), conforme lo dispuesto por los arts. 540 y 548 del C.P.C., y en consecuencia," "FALLO: Mandando llevar adelante la ejecución, hasta tanto la ejecutada MARIA SILVIA FAUSTINO y PATRICIA SILVINA RAMON haga al accionante GRAVIMAR S.R.L íntegro pago del capital reclamado de PESOS SETECIENTOS MIL CON 0/100 ($700.000,00), con más el interés de la tasa activa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento a treinta días, la que se aplicará desde la mora (10/7/2025) y hasta el efectivo pago, costos y costas de la ejecución (art.68 y 556 CPCC).-" "Difiriendo la regulación de los honorarios profesionales, hasta la oportunidad en que quede firme la liquidación respectiva (art. 51 de la ley 14.967 y 505 CC. t.o. ley 24.432///730 del Código Civil y Comercial).-" "No habiendo el demandado constituido domicilio legal dentro del radio del juzgado y habiéndoselo notificado en FAUSTINO, MARIA SILVIA en Calle Guido Spano N°714, de la ciudad de Junin (BA) y RAMON, PATRICIA SILVINA en Calle Roque Vázquez Nº 315, de la ciudad de Junin (BA), tiéneselos por constituido en los estrados del mismo.
- (art. 41 del C.P.C.).-"

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