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GONZALEZ, ROMAN ANGEL c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

Reclamó retiro por invalidez por afecciones físicas y visuales. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba fijó la incapacidad en 49,94% y confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central que negó el derecho al retiro por invalidez, imponiendo costas a la parte actora.

Incapacidad 49 94% Retiro por invalidez Ley 24.241 Comision medica central Cuerpo medico forense Art. 48 Costas Anses Reapertura por nuevos elementos Seguridad social.


¿Quién es el actor?

Román Ángel González.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Solicitud de retiro por invalidez conforme art. 49 p.4 Ley 24.241 (impugnación del dictamen de la Comisión Médica Central que consideró que su incapacidad no alcanza los requisitos del art. 48 Ley 24.241).

¿Qué se resolvió?

Se fijó la incapacidad del actor en el 49,94% y se confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central en cuanto estableció que el actor no reúne los requisitos para la obtención de la jubilación por invalidez; además se impusieron las costas de la Alzada en el orden causado y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes): "Conferida vista al Cuerpo Médico Forense para que estime el grado de incapacidad en la que está afectado el señor Román Ángel González desde el punto de vista previsional, el facultativo informa que las patologías son: Limitación funcional de tobillo izquierdo (13%); Diabetes mellitus tipo II (8,7%); Pérdida de agudeza visual en monocular antes de los 45 años (7,83%); Flebopatía periférica estadio II (7,05%); Limitación funcional de mano derecha (6,28%); y Limitación funcional de tobillo derecho (0,57%). Las mencionadas patologías le provocan al accionante una incapacidad a los fines previsionales del 43,43% de la total obrera, la cual, sumada a los porcentajes atribuidos a los factores complementarios, comprendidos por la edad (3,26%) y el nivel educativo (3,26%) arroja un total de incapacidad del 49,94%." "Por lo expuesto, no existiendo elementos de juicio que desvirtúen las fundadas conclusiones del informe médico donde el profesional interviniente ha evaluado los factores complementarios como la edad y el nivel de educación y en atención a lo dispuesto por el art. 48 de la ley 24.241 y lo decidido por la C.S.J.N. en autos: 'Sosa Raúl c/ ANSeS s/ Retiro por Invalidez', del 26 de diciembre de 2017 (Fallos: 340:2021) corresponde fijar la incapacidad del actor en el 49,94% y confirmar el dictamen de la Comisión Médica Central, en cuanto estableció que el actor no reúne los requisitos exigidos por el inc. a del art. 48 de la ley 24.241 para obtener el beneficio de retiro por invalidez; debiendo tenerse en cuenta el porcentaje de incapacidad establecido por el Cuerpo Médico Forense, sin perjuicio de la posible reapertura del proceso en el supuesto de que la recurrente aportara nuevos elementos de juicio en los términos de la Ley 20.606."
- Votos en disidencia: No consta disidencia; la Parte Resolutiva final refleja la decisión de la mayoría.
- Datos relevantes: porcentaje de incapacidad fijado 49,94%; fecha de firma 20/08/2026.

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