ARCA c/ PREMA COMPAÑIA DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
La ARCA promovió ejecución fiscal contra PREMA Compañía del Sur S.A. por $63.342.051,77 más intereses y costas. El Juzgado Federal ordenó ejecutar la deuda hasta su íntegro pago, exigió que la actora practique la liquidación y rechazó la aplicación del art. 43 del CPCCN al existir domicilio fiscal del demandado.
¿Quién es el actor?
Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.).
¿A quién se demanda?
PREMA COMPAÑÍA DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal por la suma reclamada de $63.342.051,77, con más intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
Se ordenó llevar adelante la ejecución contra PREMA Compañía del Sur S.A. hasta hacerse íntegro pago de $63.342.051,77 con sus intereses y las costas (art. 70 CPCCN); se ordenó a la parte actora que practique la liquidación de la deuda reclamada; se rechazó el pedido de aplicación del art. 43 del CPCCN por existir domicilio fiscal del demandado, por lo que las notificaciones se practicarán en ese domicilio o en el domicilio fiscal electrónico conforme al art. 92 de la Ley 11683; y se protocolizó, registró, notificó y publicó la resolución.
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo):
"La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 63342051.77, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio."
"Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada."
"Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota."
"En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal ...; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada."
- Votos en disidencia: No consta disidencia en el expediente.
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