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Principal en Tribunal Oral TO02 - IMPUTADO: FLORES, FABIO ALFREDO s/FALSIFICACION DE MONEDA

Imputado por intento de estafa y expendio de moneda falsa en Estación de Servicio; la Fiscalía y la defensa concertaron juicio abreviado. La Cámara (Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay, integración unipersonal) condenó a Fabio Alfredo Flores a 1 año y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo y, unificando de oficio, dictó pena única de 3 años de prisión revocando la condicionalidad anterior.

Estafa tentativa Moneda falsa Expendio Juicio abreviado Unificacion de penas Revocacion de condicionalidad Pena unica Devolucion de efectos Tof concepcion del uruguay Art. 58 c.p.


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (Fiscal General Subrogante, Dra. Gabriela Velázquez).
- Demandado / Imputado: Fabio Alfredo Flores (DNI 22.095.739).
- Objeto de la acción: Juicio por tentativa de estafa en concurso ideal con puesta en circulación y/o expendio de moneda falsa (hechos del 14/07/2018 en estación de servicio YPF “5 Bocas”), y análisis de unificación con condena previa en TOCF N°1 de Rosario (Resolución N°5/16, 11/04/2016).

¿Qué se resolvió?

Se condenó a Flores a 1 año y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo por estafa en grado de tentativa en concurso ideal con expendio de moneda falsa; además, se declaró la pena única de tres (3) años de prisión (revocando la condicionalidad de la pena anterior impuesta por TOCF N°1 de Rosario) y se ordenó la devolución del celular secuestrado y el cómputo y registro de la pena. Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes de la sentencia):
- "Analizados tales extremos, verificada la comprensión del imputado del mecanismo a aplicar, así como que el convenio es fruto de su libre voluntad y que se adecua a la normativa vigente, respetando el tope máximo previsto para la sanción en el sistema simplificado procesal elegido, estimo que resulta procedente la solicitud interesada por las partes."
- "Tales elementos probatorios permiten acreditar sobradamente el hecho objeto de acuerdo, que, como dije, fue reconocido por el encausado. No caben dudas que Flores, intentó comprar en el local de la estación de servicios YPF con billetes apócrifos, y que al ser descubierto por la cajera y el encargado no pudo consumar el delito, encuadrando su conducta en el delito de estafa en grado de tentativa concurso ideal con el de expendio y/o puesta en circulación de moneda falsa, en grado de tentativa, arts. 42, 54, 172, 282 y del Código Penal."
- "Por lo que pasaremos a individualizar la sanción por los hechos objeto de condena, respetando las pautas previstas en los arts. 40 y 41 y el principio de culpabilidad... considero ajustado a derecho imponer a Fabio Alfredo Flores la PENA ÚNICA de TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN, accesorias legales, revocando la condicionalidad de la pena dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de Rosario... debiendo practicarse por Secretaría el correspondiente cómputo de pena conforme lo establecido por el art. 493 del CPPN."
- Sobre devolución de efectos: "corresponde devolver en forma definitiva a Fabio Alfredo Flores, sin perjuicio de mejores derechos de terceros, bajo apercibimiento de proceder al decomiso en caso de que no se presenten a retirarlos dentro de los seis (6) meses, un (1) celular marca Samsung color blanco modelo SM –J100 IMEI 358943/06/317071/5, chip Personal N° 89543420917882522402." Disidencias: No se consignan votos en disidencia; la sentencia se dicta en integración unipersonal por el Dr. Sebastián (Jorge Sebastián) Gallino.

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