Logo

Legajo Nº 1 - IMPUTADO: ROLDAMD, JOSE LUIS s/LEGAJO DE SALUD

Incidente por incapacidad sobreviniente de imputado y pedido de cese de prisión domiciliaria. La Cámara Oral Federal Nº2 suspendió el avance del proceso por incapacidad sobreviniente, cesó la prisión preventiva domiciliaria, prohibió la salida del país y ordenó intervenciones médicas semestrales.

Incapacidad sobreviniente Art. 77 cppn Suspension del proceso Cesacion de prision preventiva Arresto domiciliario Cuerpo medico forense Ley 26.657 Prohibicion de salida del pais Examenes semestrales Tribunal oral federal


¿Quién es el actor?

El Sr. Fiscal General (peticionante de la suspensión del trámite) y el Juzgado Federal interviniente que remitió el legajo médico.
- Demandado / afectado: JOSÉ LUIS ROLDAMD (DNI 8.493.268), imputado, actualmente en arresto domiciliario.
- Objeto de la incidencia: Determinar si existe incapacidad sobreviniente que impida la prosecución del proceso penal (art. 77 CPPN) y, en consecuencia, si procede el cese de la prisión preventiva en modalidad domiciliaria; además, solicitar medidas de seguimiento médico y prohibición de salida del país.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al incidente: se suspendió el avance del proceso penal por incapacidad sobreviniente; se cessó la prisión preventiva domiciliaria de José Luis Roldamd, haciéndose efectiva su libertad desde su domicilio; se dispuso la prohibición de salida del país sin autorización judicial; y se ordenó la intervención del equipo interdisciplinario previsto en la ley 26.657 y la realización de exámenes semestrales con intervención del Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "La Dra. Bastitta constató que al momento de la entrevista Roldamd exhibió 'una signo sintomatología psiquiátrica aguda, con elementos psicopatológicos para determinar diagnóstico de un trastorno afectivo (depresión severa no tratada) y deterioro cognitivo de relevancia; considerando entonces, desde el punto de vista médico legal, que sus facultades mentales se encuentran descompensadas. Es por ello que no se encuentra en condiciones de responder a los requerimientos de un proceso Penal.'" "La evaluación del cuadro de salud referido en forma detallada en el informe médico en función de las necesidades cognitivas que demanda el estar sometido al proceso penal persuade al tribunal acerca de que Roldamd no se encuentra en condiciones de afrontar la etapa de debate." "Por otra parte, no puede obviarse que el supuesto de incapacidad sobreviniente que, de momento, se encuentra presente en autos respecto de Roldamd torna incompatible sostener el encierro cautelar que pesa sobre su persona, incluso en la modalidad morigerada en que lo viene haciendo, por lo que corresponde disponer su cese."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el acuerdo final.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar