Incidente Nº 7 - IMPUTADO: MAMANI, ISAMARA ANAHI Y OTRO s/Audiencia de Suspensión de Proceso a Prueba (Art. 35)
Solicitan aclaratoria sobre la carga horaria de tareas comunitarias en el marco de una suspensión de proceso a prueba; se aclaró la sentencia y se fijó la prestación en cinco horas mensuales en el merendero Sembrando amor. El Juzgado Federal hizo lugar a la petición de la Defensora Oficial y corrigió el error material en el punto I, párrafo 3ro de la resolución de 27/11/2024.
¿Quién es el actor?
Defensora Pública Oficial de Orán, Dra. María Julieta Loutaif (en representación de la imputada).
- Demandado/Imputada: Isamara Anahí Mamani.
- Objeto de la petición: solicitud de aclaratoria respecto de la resolución de audiencia de suspensión de proceso a prueba de fecha 27 de noviembre de 2024, en particular sobre la carga horaria de las tareas comunitarias asignadas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la aclaratoria y se consignó que la Sra. Isamara Anahí Mamani deberá realizar en el merendero "Sembrando amor" tareas comunitarias con una carga horaria de cinco (5) horas mensuales. Ofíciese por oficina judicial.
- Fundamentos principales (textos transcritos):
"Que, en el punto I, párrafo 3ro del resolutorio de fecha 27 de noviembre del corriente año, se consignó erróneamente: 'Deberá realizar en el mismo merendero, tareas comunitarias con una carga horaria de dieciséis (16) horas mensuales, es decir cuatro (4) horas semanales,' y asistiéndose razón a la peticionante, corresponde hacer lugar a lo solicitado por la Sra. Defensora Oficial, y aclarar el punto I, párrafo 3ro de la parte resolutiva de la sentencia, en los términos del artículo 113 del C.P.P.F., consignándose que las tareas comunitarias son por una carga horaria de cinco (5) horas mensuales en el merendero 'Sembrando amor'."
"RESUELVO: I.
- ACLARAR el punto I, párrafo 3ro de la Resolución de fecha 27 de noviembre de 2.024 y, en su lugar, consignar que la Sra. Isamara Anahí Mamani deberá realizar en el merendero 'Sembrando amor', tareas comunitarias con una carga horaria de cinco (5) horas mensuales. Ofíciese por oficina judicial."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el expediente; la resolución es firmada por el Juez Federal J. Gustavo Montoya.
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