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Legajo Nº 7 - IMPUTADO: CASTILLO, JOAQUIN ALBERTO s/LEGAJO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La defensa de Joaquín Alberto Castillo impugnó la constitucionalidad del art. 56 bis inc.10 de la ley 24.660 y del art. 14 inc.10 del Código Penal (Ley 27.375). El Tribunal Oral Federal de Tucumán declaró la inconstitucionalidad de esas normas exclusivamente para el caso concreto, por considerarlas incompatibles con principios constitucionales y de la ejecución penal.

Inconstitucionalidad Art.56 bis ley 24.660 Art.14 cp Ley 27.375 Progresividad de la pena Reinsercion social Principio de igualdad Prision Beneficio penitenciario Tribunal oral federal

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Defensa Pública Oficial en favor de Joaquín Alberto Castillo. Demandado: Estado/Normativa (arts. 56 bis inc.10 de la ley 24.660 y 14 inc.10 del Código Penal, reformados por Ley 27.375). Objeto: Se solicita que se declare la inconstitucionalidad de las restricciones legales que impiden el acceso a beneficios del régimen de progresividad (Período de Prueba, demás institutos de reinserción) para condenados por ciertos delitos, por violación de los arts.16, 19 y 28 de la Constitución Nacional y del principio de igualdad. Decisión: El Tribunal declaró la inconstitucionalidad, exclusivamente en el marco del presente caso, de los arts. 56 bis –inc. 10– de la ley 24.660 y 14 inc. 10 del Código Penal (reformados por Ley 27.375). Protocolícese y hágase saber.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "I) Que la Defensa Pública Oficial, en favor Joaquín Alberto Castillo, solicita se declare la inconstitucionalidad de los arts. 56 bis inc. 10 de la ley 24.660 y 14 inciso 10 del Código Penal Argentino, en razón de que en dicha normativa se encuentran vulnerados los arts. 16, 19 y 28 de la C.N. que consagra principios de reinserción social, de dignidad y razonabilidad, conforme fue esgrimido en causa CHAVEZ, RAUL FABIAN RODOLFO S /INCONSTITUCIONALIDAD EXPTE Nº 36315/2017. ... Refiere también que la normativa atacada quebranta el principio de igualdad porque impide a una parte de la población carcelaria acceder a beneficios por la sola naturaleza del delito con independencia de la situación particular del penado, y deriva en un sistema de ejecución diferenciado..." "IV.
- La modificación a los arts. 56 bis de la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad N° 24.600 y 14 del Código Penal, introducidas por los arts. 30 y 38–respectivamente–de la Ley 27.375, ya fue materia de discusión de este Tribunal en diferentes causas, a saber: ... En esos precedentes se sostuvo que la norma en cuestión, conculca el principio de igualdad al disponer que los condenados por haber cometido ciertos delitos, no pueden acceder a los institutos del régimen de la Progresividad, habilitada respecto a otros condenados por delitos aún más severamente punidos. Es criterio afianzado que cuando una regla infringe principios fundacionales cuya tutela es deber del poder estatal, su declaración de inconstitucionalidad se impone..."
- Citas textuales relevantes incluidas en los fundamentos: "las restricciones como la contenida en el art. 56 bis de la ley 24.660 resultan contrarias a los fines de la ejecución de la pena de jerarquía constitucional ya que no consideran el esfuerzo personal del interno, su evolución en el tratamiento penitenciario, ni las calificaciones de conducta y concepto que este alcance..." y el dispositive final: "DECLARAR LA INCONSTITUCIONALIDAD, exclusivamente en el marco del presente caso, de los arts. 56 bis –inc. 10– de la ley 24.660 y 14 inc. 10 del Código Penal (reformados por Ley 27.375), conforme se considera."
- Votos en disidencia relevantes: No constan votos en disidencia en el documento; la resolución aquí transcripta es la decisión adoptada.

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