DAMIANO NORMA ESTHER c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo previsional contra ANSES por reajustes de haberes y aplicación de normas de movilidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada, declaró admisibles los recursos, ordenó imponer las costas en la alzada y reguló honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo regulado en la instancia anterior.
¿Quién es el actor?
Damiano Norma Esther.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios del haber previsional (cálculo del haber inicial, actualización de PBU, aplicación de fórmulas de movilidad y cuestionamiento de la ley 27.426 y otros instrumentos reglamentarios y topes).
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, declaró formalmente admisibles los recursos, revocó parcialmente la sentencia apelada (con el alcance expresado en los considerandos), impuso las costas en la alzada por su orden y reguló los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se le hubiera otorgado en la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
1) "Con respecto al planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.426, cabe considerar que en nuestro ordenamiento jurídico no existe prohibición de aplicar las leyes en forma retroactiva, salvo que su dictado violente derechos amparados por garantías constitucionales."
2) "Analizando los términos tanto de la ley 26.417 y su reglamentación (Res. S.S.N. nr. 06/09), como de la ley 27.426, se advierte que a la fecha de entrada en vigencia de esta última, ya habían transcurrido los meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y parte de diciembre de 2017... por lo que fácilmente puede deducirse que la ley 27.426, al modificar tales índices y aplicarlos sobre meses y días ya transcurridos... legisla retroactivamente en tanto que modifica índices correspondientes a períodos ya transcurridos."
3) "Sin embargo y de conformidad a lo dispuesto en el art. 7 del Código Civil y Comercial de la Nación, tal aplicación no afecta derechos amparados por garantías constitucionales, tal como el de propiedad sobre el que la parte actora formuló agravio... la ley 26.417 claramente estipulaba dos momentos para otorgar el incremento por movilidad: en los meses de marzo y septiembre de cada año, por lo que no era sino en esas fechas en que la movilidad se otorgaba y devengaba..."
4) Sobre costas y honorarios: "Imponer las costas en la Alzada por su orden, en atención a la remisión que efectúa el art. 36 de la ley 27.423... Las labores de la alzada realizadas por la dirección letrada de la actora se estiman en el 30% de lo regulado en la instancia anterior por dicha actuación (art. 30 de la ley 27.423)."
- Disidencia relevante: La Dra. Victoria P. Perez Tognola, en disidencia parcial, expresó que "declaro la inconstitucionalidad del art. 2 de la mencionada ley [27.426], en tanto su aplicación retroactiva tiene un neto carácter regresivo, al afectar la movilidad... traduciéndose en un perjuicio económico confiscatorio para el beneficiario, que reduce en forma retroactiva el monto del haber que le hubiese correspondido." Esa posición quedó consignada como disidencia parcial y no integró la decisión mayoritaria.
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