Logo

TOLOZA ANDREA AVELINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES por reajustes varios vinculado a la movilidad de su haber previsional y la inconstitucionalidad de la ley 27.426. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada, rechazó la pretensión de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y reguló costas y honorarios (30% para la dirección letrada de la actora).

Reajustes Movilidad previsional Ley 27.426 Inconstitucionalidad Anses Costas en la alzada Honorarios 30% Tasa pasiva Ley 27.423 Seguridad social


¿Quién es el actor?

TOLOZA ANDREA AVELINA.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios relacionados con la movilidad del haber previsional (especialmente la aplicación de la ley 27.426 y la movilidad correspondiente a marzo de 2018), y planteo de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426; asimismo impugnación de decretos de refuerzo previsional (por ejemplo decreto 532/2022).

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró admisibles los recursos deducidos y revocó parcialmente la sentencia apelada, imponiendo las costas en la Alzada por su orden y regulando los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se regule a su favor en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "En cuanto a la movilidad del haber a partir de marzo de 2018 resultan plenamente aplicables al caso el art. 1° de la ley 27.426 y sus restantes disposiciones y las leyes 27.541, 27.609, reglamentarias y modificatorias, cuyas previsiones deberán observarse estrictamente al momento de practicarse el cómputo definitivo, sin que pueda reeditarse en esa etapa la cuestión constitucional, ya que es atribución del Congreso, disponer las pautas adecuadas para hacer efectiva la movilidad que consagra el art. 14 bis de la Constitución Nacional... Cualquier impugnación actual de dichas pautas resultaría hipotética y prematura y no ha quedado demostrado en el caso que dichas disposiciones legales no respetan la garantía constitucional consagrada en el art. 14 bis." "Por ende, toda vez que la reforma que el actor cuestiona entró en vigencia con anterioridad al devengamiento de la movilidad otorgada por la ley 26.417, fecha ésta en la cual tal derecho hubiese ingresado definitivamente a su patrimonio, no existe en el caso violación alguna del derecho de propiedad del actor susceptible de invalidar la norma retroactiva, así como ningún otro derecho amparado por garantías constitucionales en la actualidad..." "Corresponde la aplicación de la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina... En materia de costas correspondiente a la anterior instancia, en atención a la remisión que efectúa el art. 36 de la ley 27.423 a lo normado por el libro I, título II, capítulo V del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y luego de ponderar el resultado obtenido por las partes en la sentencia en crisis, corresponde imponerlas por su orden (arts. 68 y 71 del CPCCN ...). Las labores de la alzada realizadas por la dirección letrada de la actora se estiman en el 30% de lo que se regule en la instancia anterior por dicha actuación (art. 30 de la ley 27.423)."
- Disidencia o votos particulares relevantes: la Dra. Victoria P. Pérez Tognola no votó por encontrarse en uso de licencia; no consta voto en disidencia en el acuerdo final.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar