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Incidente Nº 3 - IMPUTADO: ESCOBAR, ROXANA VANESA s/Audiencia de sobreseimiento (Art. 272, CPPF)

Audiencia de sobreseimiento respecto de Roxana Vanesa Escobar por presunto encubrimiento de contrabando; el Juzgado federal dictó sobreseimiento total y definitivo por haberse cumplido las condiciones impuestas en la suspensión del proceso a prueba y ordenó comunicar la resolución a la Policía de Salta y al Registro Nacional de Reincidencia.

Sobreseimiento Suspension del proceso a prueba Encubrimiento de contrabando Ley 22.415 Art. 874 Codigo procesal penal federal Comunicacion a registro nacional de reincidencia Fiscalia Juzgado federal de garantias Salta

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La Fiscalía (intervino la Auxiliar Fiscal Dra. Carolina Jorge). Demandado: ROXANA VANESA ESCOBAR, DNI 31.345.061. Objeto: Se tramita audiencia de sobreseimiento (art. 272 CPPF) respecto de la imputación por el delito de encubrimiento de contrabando (art. 874 apartado 1 inc. "d" Ley 22.415). Decisión: Se dictó el sobreseimiento total y definitivo en favor de Roxana Vanesa Escobar por haberse cumplido las condiciones impuestas en la suspensión del proceso a prueba; además, se ordenó comunicar la resolución a la División Antecedentes de la Policía de la Provincia de Salta y al Registro Nacional de Reincidencia, y se registró y notificó la resolución.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la sentencia): "RESUELVO: I.
- DICTAR SOBRESEIMIENTO TOTAL Y DEFINITIVO en favor de ROXANA VANESA ESCOBAR, de las demás condiciones personales ya detalladas, en relación al delito de encubrimiento de contrabando (art. 874 apartado 1 inc. 'd' de la Ley 22.415), por haberse cumplido las condiciones impuestas en la suspensión del proceso a prueba dispuesta a su favor (Arts. 35 y 269 inc. 'g' del Código Procesal Penal Federal)." "II.
- ORDENAR la comunicación a la División Antecedentes de la Policía de la Provincia de Salta y al Registro Nacional de Reincidencia. III.
- REGÍSTRAR y notificar. No siendo para más se da por finalizado el acto."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en el expediente; la resolución está firmada por el Juez Federal de Garantías Dr. Julio Leonardo Bavio.

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