ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
Ejecución fiscal: la Agencia de Recaudación y Control Aduanero obtuvo declaración de vía expedita para cobrar boleta de deuda. El Juzgado declaró expedita la ejecución y habilitó a la Agencia a proceder hasta obtener el íntegro pago del capital más intereses, imponiendo las costas a la ejecutada.
¿Quién es el actor?
Agencia de Recaudación y Control Aduanero (parte ejecutante).
¿A quién se demanda?
la parte ejecutada (no identificada por nombre en el dispositivo).
- Objeto de la demanda: ejecución de deuda fiscal basada en una boleta de deuda por capital y más sus intereses.
¿Qué se resolvió?
El Juzgado Federal de Moreno declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada, quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses; además impuso las costas del proceso a la ejecutada, ordenó registrarse, notificarse administrativamente y archivar oportunamente.
- Fundamentos principales (textos transcritos tal como aparecen en la sentencia):
"Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239."
"Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía."
(Dispositivo) "Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses.
- Imponer las costas del proceso a la ejecutada.
- Regístrese, notifíquese administrativamente y oportunamente archívese.-"
(No existen votos en disidencia consignados en el expediente.)
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