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ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecución fiscal contra la demandada por el pago del capital consignado en una boleta de deuda. El Juzgado Federal de Moreno declaró expedita la ejecución, habilitó a la Agencia para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago y ordenó imponer las costas a la ejecutada.

Ejecucion fiscal Articulo 92 ley 11.683 Intimacion de pago Boleta de deuda Agencia de recaudacion y control aduanero Costas Juzgado federal de moreno Expediente fsm 31192/2025 Habilitacion de ejecucion Expediente administrativo


¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (parte actora).

¿A quién se demanda?

la ejecutada (parte demandada, no individualizada en el dispositivo).
- Objeto de la demanda: ejecución de deuda fiscal/boleta de deuda por el capital requerido en la boleta, más intereses.

¿Qué se resolvió?

Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada, habilitándose a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda con más sus intereses, y se impusieron las costas del proceso a la ejecutada.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes del fallo): "Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239. Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía. Por ello y citas legales invocadas, RESUELVO: Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses.- Imponer las costas del proceso a la ejecutada.- Regístrese, notifíquese administrativamente y oportunamente archívese.-" No constan votos en disidencia.

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