ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
Ejecución fiscal por boleta de deuda contra la demandada; el Juzgado declaró expedita la ejecución y habilitó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero a ejecutar hasta obtener el pago íntegro, imponiendo las costas a la ejecutada.
¿Quién es el actor?
Agencia de Recaudación y Control Aduanero (parte ejecutante habilitada por el pronunciamiento).
¿A quién se demanda?
la parte ejecutada (no individualizada por nombre en el dispositivo).
- Objeto de la demanda: ejecución de deuda proveniente de una boleta de deuda y cobro del capital requerido más intereses, en el marco de la ejecución fiscal (expediente FSM 31227/2025).
¿Qué se resolvió?
Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada, quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses; se impusieron las costas a la ejecutada; se ordenó registro, notificación administrativa y archivo oportuno.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo):
"Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239."
"Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía."
"Por ello y citas legales invocadas, RESUELVO: Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses.
- Imponer las costas del proceso a la ejecutada.
- Regístrese, notifíquese administrativamente y oportunamente archívese.-"
(No hubo votos en disidencia expresados en el dispositivo ni en el texto suministrado.)
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: