ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecución de deuda por boleta de deuda. El Juzgado Federal de Primera Instancia declaró expedita la ejecución y habilitó a la Agencia a proceder hasta obtener el íntegro pago del capital y sus intereses, imponiendo además las costas a la ejecutada.
¿Quién es el actor?
Agencia de Recaudación y Control Aduanero.
¿A quién se demanda?
la parte ejecutada (identidad no consignada en la parte dispositiva).
- Objeto de la demanda: ejecución de deuda por boleta de deuda, con exigencia del pago del capital requerido en la boleta y sus intereses.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada, quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses; se impusieron las costas del proceso a la ejecutada; y se ordenó registro, notificación administrativa y archivo oportuno.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239."
"Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía."
Por ello y citas legales invocadas, RESUELVO: Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses.
- Imponer las costas del proceso a la ejecutada.
- Regístrese, notifíquese administrativamente y oportunamente archívese.-
(No hubo votos en disidencia consignados en el documento.)
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