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ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Ejecución fiscal por deuda reclamada en boleta de deuda; se declaró expedita la ejecución y se habilitó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero a proceder hasta obtener el pago íntegro del capital con más sus intereses. Se impusieron las costas a la ejecutada y se ordenó registro, notificación administrativa y archivo oportuno.

Ejecucion fiscal Boleta de deuda Ley 11.683 Art. 92 Agencia de recaudacion y control aduanero Intimacion de pago Costas Ejecucion expedita Juez subrogante Juzgado federal de moreno


¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (habilitada para ejecutar).

¿A quién se demanda?

la ejecutada (no individualizada por nombre en el texto remitido).
- Objeto de la demanda: ejecución de deuda contenida en una boleta de deuda; obtención del íntegro pago del capital reclamado más intereses.

¿Qué se resolvió?

Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada y se habilitó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses. Se impusieron las costas del proceso a la ejecutada. Se ordenó registrar, notificar administrativamente y archivar oportunamente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239." "Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía." "Por ello y citas legales invocadas, RESUELVO: Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses.
- Imponer las costas del proceso a la ejecutada.
- Regístrese, notifíquese administrativamente y oportunamente archívese.-"
- Votos en disidencia: No consta disidencia en el texto remitido.

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