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ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecución fiscal por boleta de deuda contra una ejecutada. El Juzgado Federal de Moreno declaró expedita la ejecución, habilitó a la Agencia para continuar hasta el pago íntegro del capital e intereses e impuso las costas a la ejecutada.

Ejecucion fiscal Boleta de deuda Art. 92 ley 11.683 Agencia de recaudacion y control aduanero Intimacion de pago Ejecucion expedita Costas a la ejecutada Juzgado federal de moreno Pago de capital e intereses Providencia de archivo


¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (como parte ejecutante).

¿A quién se demanda?

la ejecutada (no se individualiza por nombre en el texto suministrado).
- Objeto de la demanda: ejecución de deuda por boleta de deuda exigida en la causa (cobro fiscal administrativo).

¿Qué se resolvió?

se declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada, quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda con más sus intereses, e impuso las costas del proceso a la ejecutada. Se ordenó registrar, notificar administrativamente y archivar oportunamente.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo): "Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239." "Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía." "RESUELVO: Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses.
- Imponer las costas del proceso a la ejecutada.
- Regístrese, notifíquese administrativamente y oportunamente archívese.-" (No consta voto en disidencia en el expediente suministrado.)

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