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ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Ejecución fiscal por deuda contenida en boleta de deuda. El Juzgado Federal de Moreno declaró expedita la ejecución y habilitó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero para llevar adelante la cobranza hasta obtener el íntegro pago del capital con intereses, imponiendo las costas a la ejecutada.

Ejecucion fiscal Boleta de deuda Ley 11.683 Ejecucion expedita Agencia de recaudacion y control aduanero Intimacion de pago Costas Juzgado federal de moreno Notificacion Ac. csjn 10/2025


¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (actora).

¿A quién se demanda?

la parte ejecutada (no individualizada por nombre en el dispositivo).
- Objeto de la demanda: ejecución de deuda por la boleta de deuda materia del expediente (cobro del capital requerido en la boleta más intereses).

¿Qué se resolvió?

Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada y se habilitó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero para llevar adelante la ejecución hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda con más sus intereses; se impusieron las costas del proceso a la ejecutada; se ordenaron notificaciones y comunicaciones institucionales, publicación y archivo.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes de la sentencia): "Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239." "Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía." "Por ello y citas legales invocadas, RESUELVO: Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses.
- Imponer las costas del proceso a la ejecutada.
- Regístrese, notifíquese a la actora quedando a su cargo la notificación al demandado; comuníquese a la Dirección de Comunicaciones y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; publíquese (Ac. CSJN 10/2025) y oportunamente archívese."
- Votos en disidencia: No se registra disidencia en la resolución.

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