AFIP s/EJECUCION FISCAL ? A.F.I.P.
La Administración Federal de Ingresos Públicos promovió ejecución fiscal por boleta de deuda contra una ejecutada. El Juzgado Federal de Moreno declaró expedita la ejecución, habilitó a la AFIP para proceder hasta obtener el íntegro pago del capital y sus intereses e impuso las costas a la ejecutada.
¿Quién es el actor?
Administración Federal de Ingresos Públicos (actora).
¿A quién se demanda?
la parte ejecutada (no individualizada por nombre en el dispositivo).
- Objeto de la demanda: Ejecución de deuda fiscal correspondiente a la boleta de deuda seguida en el expediente FSM 107265/2019.
¿Qué se resolvió?
Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada, quedando la AFIP habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses; se impusieron las costas a la ejecutada; se ordenó notificar a la actora (a cargo de notificar al demandado) y comunicar a la Dirección de Comunicaciones y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
- Fundamentos principales (transcripción literal de los pasajes más relevantes):
"Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239."
"Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía."
(Se deja constancia de que no existen votos en disidencia; la Parte Resolutiva final del Juzgado es la que se consignó y prevalece.)
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