TORRES OSCAR VICTOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió acción contra ANSES reclamando el recálculo y reajuste del haber jubilatorio y la inconstitucionalidad del sistema de movilidad y topes. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada, declaró aplicable la pauta de actualización fijada y ordenó a ANSES recalcular y pagar las acreencias retroactivas en 120 días, con prescripción operando desde el 08/02/2017.
¿Quién es el actor?
OSCAR VICTOR TORRES.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
- Objeto de la demanda: Se solicitó dejar sin efecto la resolución administrativa que denegó el reajuste del haber previsional, ordenar el recálculo del haber inicial (P.B.U., PC, P.A.P.), la actualización de remuneraciones aplicables y el pago de diferencias retroactivas; además se impugnó la constitucionalidad de normas de la ley 24.241 y normas conexas aplicadas al cálculo y movilidad de haberes.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada, se hizo lugar a la excepción de prescripción en los términos señalados (limitando retroactividad a lo no anterior al 08/02/2017), y se ordenó a ANSES que en el plazo de ciento veinte días practique la liquidación conforme los considerandos y ponga al pago el haber inicial recalculado y las acreencias retroactivas; se declararon las costas por su orden y se diferirió la regulación de honorarios. (Texto dispositivo transcripto y seguido como decisión del tribunal).
- Fundamentos principales (textos extractados literales del fallo):
1) Sobre la verificación de confiscatoriedad y método de cálculo: "A fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.SJ.N. ... se deberán efectuar las siguientes operaciones: 1) Establecer la diferencia entre la P.B.U. redeterminada según las variaciones anuales del índice de salarios, nivel general, elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos ... hasta la fecha de adquisición de derecho al beneficio; 2) Una vez establecido ello, deberá determinar el porcentaje de confiscatoriedad. En ese sentido, se deberá calcular la merma cuantificada en dinero (M.C.), que expresa la diferencia entre la P.B.U. reajustada y la P.B.U. inicial de caja; como así también el haber inicial reajustado según sentencia (H.I.R.S.= P.B.U. caja + PC recalculada + P.A.P. recalculada). Finalmente, la incidencia porcentual de la P.B.U. actualizada en el haber integral reajustado será la que resulte de aplicar la siguiente fórmula: 'M.C.x100/H.I.R.S.'."
2) Sobre la pauta de actualización de remuneraciones para PC y P.A.P.: "Para la redeterminación de la Prestación Compensatoria y la Prestación Adicional por Permanencia... se aplicará la pauta dada por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el fallo 'Elliff, Alberto c/ANSeS s/reajustes varios'... el Índice de Salarios Básicos de la Industria de la Construcción, Personal no Calificado, Promedio General. Dicho índice se aplicará a fin de actualizar las remuneraciones ... desde que cada una de dichas remuneraciones fue percibida y hasta el 28/02/2009 inclusive... A partir de allí y hasta la fecha de adquisición del beneficio se aplicarán las pautas de actualización fijadas por la ley 26417 y resoluciones que la reglamentan."
3) Sobre topes y constitucionalidad: "Considerando que si éste fuera el caso resultaría arbitraria la fijación del tope mencionado, declaro inconstitucional su aplicación (conf. 'Lohle María Teresa Inés c/Anses s/Reajustes Varios', CSJN, 15.10.2015) ... si la aplicación del art. 26 de la ley 24.241 ... provocara una merma superior al 15% ... la quita sería confiscatoria lo que habilita a declarar la inconstitucionalidad del mismo."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la decisión consignada en la parte resolutiva es la que integra el pronunciamiento judicial mayoritario y final.
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