ROMERO OSCAR ALFREDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSeS solicitando el reajuste de su haber previsional por falta de movilidad y la actualización de componentes como la PBU, PC y PAP. El Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo parcialmente lugar a la demanda, ordenó recalcular el haber y abonar los retroactivos dentro de 120 días hábiles y difirió al momento de ejecución el tratamiento de las inconstitucionalidades planteadas.
¿Quién es el actor?
ROMERO OSCAR ALFREDO.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber previsional (redeterminación de la Prestación Básica Universal -PBU-, Prestación Compensatoria -PC
- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), movilidad del haber y declaración de inconstitucionalidad de normas de las leyes 24.241 y 24.463 y actos reglamentarios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo parcialmente lugar a la demanda dejando sin efecto la resolución impugnada; se ordenó a ANSeS abonar el haber recalculado y los retroactivos conforme a las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles a partir de la firmeza de la sentencia; se difirieron para la etapa de ejecución las cuestiones de constitucionalidad señaladas; las sumas favorables deberán abonarse íntegramente sin quita, respetando los topes legales y la doctrina pertinente; se impusieron las costas a ANSeS; se diferió la regulación de honorarios para la etapa de ejecución.
- Fundamentos principales (textos transcritos del decisorio):
1) "La parte actora inició demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social solicitando el reajuste de su haber previsional, en tanto la falta de movilidad y/o actualización de su beneficio, que señaló fue otorgado bajo las disposiciones de la ley 24.241, le causa una grave lesión a sus derechos amparados en la Constitución Nacional."
2) "En consecuencia, de conformidad al criterio uniforme de las tres Salas de la Exma. Cámara de Apelaciones del Fuero, la PBU habrá de ser determinada en función del guarismo que resulte de actualizar del último valor publicado del MOPRE ($80), utilizando el índice dispuesto por el Máximo Tribunal en el precedente 'Badaro', -por el período comprendido entre el 1 de enero de 2002 y 31 de diciembre de 2006-, y con posterioridad -en caso de corresponder
- los aumentos generales de ley hasta la fecha de adquisición del beneficio..."
3) "El haber calculado de conformidad con las pautas diseñadas en el presente decisorio, como asimismo las sumas que eventualmente resulten a favor de la parte actora, deberán ser íntegramente abonadas, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos 'Pellegrini, Américo c/ Anses / Reajustes Varios', sentencia del 28.11.2006."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el expediente analizado.
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