Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CANDIA, JOEL CESAR s/ROBO DE AUTOMOTOR O VEHICULO EN LA VIA PUBLICA DAMNIFICADO: HERNANDEZ PEREZ, OWENS DANIEL
Cuestión de competencia: se solicitó que el Tribunal de Menores se pronunciara sobre el juzgamiento de Joel César Candia por robo agravado en grado de tentativa. La Cámara declaró incompetente al Tribunal Oral de Menores N°1 para juzgar a Candia y remitió la causa al Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional que resulte sorteado por no existir coimputados menores presentes en el proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público / Fiscalía (parte actuante en autos para resolver cuestión de competencia).
Demandado: Joel César Candia (imputado), detenido en la Comisaría Vecinal 2A.
Objeto: Cuestión de competencia para continuar el juzgamiento por el delito de robo agravado por tratarse de un vehículo dejado en la vía pública, en grado de tentativa, agravado respecto de Candia por la participación de un menor de edad.
Decisión: El Tribunal Oral de Menores N°1 declaró su incompetencia para juzgar a Joel César Candia y remitió la causa, a través del Sistema de Gestión Judicial Lex 100, al Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional que por sorteo se determine; además ordenó anotar al detenido Candia a disposición del tribunal que resulte desinsaculado y que se remitan las actuaciones a la Oficina Judicial de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Sentado ello, habremos de declarar la incompetencia de este tribunal de juicio para continuar con el trámite de la presente, por cuanto el juzgamiento se refiere únicamente a una persona mayor de edad, no siendo posible asumir una competencia que la ley no confiere sin alterar gravemente el régimen establecido en la materia por las normas procesales vigentes. En tal sentido, cabe indicar que el fuero de menores es de excepción y sólo está facultado para intervenir cuando deba ser de aplicación el régimen penal de la minoridad (art. 28 del Código Procesal Penal de la Nación)."
"Es cierto que, con un criterio eminentemente práctico y de economía procesal en el art. 24 de la ley 24.050 -texto conforme ley 24.170-, se amplió la competencia de los juzgados de menores, atribuyéndoles el conocimiento de los procesos seguidos a un mayor de edad cuando resulten imputados mayores y menores en un mismo hecho... Toda vez que esta situación no se da en el caso concreto, en tanto el menor se encuentra con una rebeldía y captura, ya no se encuentra presente en estas actuaciones."
"Lo mismo fue nuevamente sostenido por la mencionada Cámara en el marco de la causa N° 28064/2016/TO1/CNC2
- Registro N° S.T. 2422/2017 ... Por ende, corresponde que un tribunal en lo criminal conozca en el juzgamiento de la conducta realizada por una persona mayor de edad toda vez que se ha dictado la falta de mérito del menor coimputado en estas actuaciones, circunstancias que obstan a la competencia del tribunal de menores."
(No hubo votos en disidencia registrados; la resolución final declara la incompetencia y ordena la remisión de las actuaciones conforme al texto transcripto.)
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: