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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: HARO RODRIGUEZ, YANINA MABEL s/HURTO y DEFRAUDACION INFORMATICA (ART.173 INC.16) DAMNIFICADO: ALARCON, MARCELA INES

Juicio abreviado por fraude informático, hurto y robos en corso: se condenó a tres años de prisión en suspenso y se impusieron medidas de control y residencia. La Cámara homologó el acuerdo y dispuso la inmediata libertad de la imputada, con obligación de fijar residencia y someterse a la Dirección de Control por tres años.

Juicio abreviado Defraudacion por manipulacion informatica Hurto reiterado Robo reiterado Pena en suspenso Fijar residencia Direccion de control Libertad inmediata Concurso real Costas procesales

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (Sr. Fiscal Marcelo Martínez Burgos, Fiscalía General N° 22 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional). Demandado: Yanina Mabel Haro Rodríguez (imputada, DNI 95.034.549). Objeto: Responsabilidad penal por defraudación mediante manipulación informática (hecho A, participación necesaria), hurto reiterado en tres oportunidades (hechos B1, B2, B3; en calidad de autora) y robo reiterado en cuatro oportunidades (hechos B4–B7; en calidad de coautora), en concurso real entre sí. Decisión: Se condenó a Yanina Mabel Haro Rodríguez a la pena de tres años de prisión, cuyo cumplimiento se deja en suspenso, se le impusieron las obligaciones por el término de tres años de fijar residencia y someterse al cuidado de la Dirección de Control que corresponda, se le aplicaron las costas procesales, y se dispuso su inmediata libertad desde la Alcaidía 15 Modular “Sección Complejo Chacarita Femenino”, siempre que no exista orden restrictiva que lo impida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción íntegra de los párrafos más relevantes): "Que por imperio de la Ley 24.825, el Tribunal no está facultado para imponer una pena superior o más grave que la solicitada por el Sr. Fiscal al momento de presentar el acuerdo firmado con el imputado y su Defensa." "La calificación legal en la cual corresponde encuadrar la conducta atribuida a Yanina Mabel Haro Rodríguez -tal como lo acordaron las partes
- es la de defraudación mediante manipulación informática, por el que deberá responder en calidad de partícipe necesario –hecho A-, hurto, reiterado en tres oportunidades, por los que deberá responder en calidad de autora – hechos B1, B2 y B3-, y robo, reiterado en cuatro oportunidades, por los que deberá responder en calidad de coautora –B4, B5, B6 y B7-, todo ello en concurso real entre sí (art. 45, 55, 162, 164 y 173 inc. 16° del Código Penal)." "En lo que al monto de la pena se refiere, cabe resaltar que, si bien las partes la han mensurado a la luz de lo normado por los artículos 40 y 41 del Código Penal, ... Es por ello, que entiendo razonable y ajustada a derecho, para el caso de Haro Rodríguez, la aplicación de la pena de tres años de prisión." (No hubo votos en disidencia expresados en el dispositivo; la sentencia homologa el acuerdo celebrado entre el Ministerio Público Fiscal y la imputada.)

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